Economía

DIAN embargará más de 11 mil cuentas bancarias: ¿por qué? Verifique el comunicado

Le explicamos lo que dijo la DIAN en su más reciente comunicado.

DIAN embargará más de 11 mil cuentas bancarias: ¿por qué? Verifique el comunicado

Ayer, 10 de octubre del 2024, la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) emitió un comunicado en el que se informó que se iniciaría una jornada nacional a deudores o morosos. Esta coyuntura se presentará para quienes deban en esta entidad hasta el fin del mes de octubre.

Según las cifras de la entidad de recaudo de contribuciones, se espera que se haga efectivos estos cobros a más de 42 mil personas que no han pagado impuestos de renta, pagos por Impuesto al Valor Agregado (IVA), al consumo, entre otros. Inicialmente, se planea que se citen a quienes tengan que estar a paz y salvo con la DIAN y llegar a una fecha fija para el pago.

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No obstante, otras de las acciones que va a generar esta entidad es el embargo de cerca de las 12 mil cuentas bancarias. Esto se aplicará a ciertos morosos que tengan características de deuda; no es la primera vez que la DIAN practica estas medidas, pues el mes pasado, de acuerdo con cifras de esta organización, a más de 14 mil se les aplicaron medidas de embargo a sus bienes.

Aquí le explicamos cuáles serían estas personas que tendrían que negociar su situación financiera.

¿A quiénes les aplica estas medidas que la DIAN está ejecutando?

La DIAN en el comunicado que emitió, determinó que las personas que tengan obligaciones tributarias pendientes por hasta un año y medio se les embargarán cuentas de ahorro. Además, se hará el avalúo de 457 bienes secuestrados y más de 491 diligencias para el remate de estas deudas.

Tenga en cuenta que el valor embargable en Colombia debe ser mayor a los $47.065 UVT (Unidad de Valor Tributario) y, a partir del 1 de enero, se elevará a las 510 UVT. En el caso de cuentas de ahorro en procesos ordinarios, el monto que es inembargable es de menor o igual a $87′309.536 hasta el 30 de septiembre del 2025, según la Superintendencia Financiera que de forma periódica cambia los montos que pueden ser embargables.

Esto quiere decir que, si sus cuentas de almacenamiento de dinero no superan esta cantidad, la DIAN no puede embargarle este bien. El monto que todos los años se pone como fija para evitar embargos se determina a partir de índice anual promedio de precios para empleados, el cual es presentado por el DANE.

¿En cuáles otros casos la DIAN puede embargar una cuenta?

  • Cuando el contribuyente presenta su declaración de renta y no paga el impuesto correspondiente.
  • Cuando hay deudas pendientes de otros impuestos pactados con la DIAN.
  • Cuando se venza el tiempo para interponer un recurso que impida que lo embargue.
  • Cuando se desista de poseer ese patrimonio y capital.
  • Cuando por acciones interpuestas por el gobierno o revisión de impuestos, se decida retirarle su patrimonio financiero.
  • Cuando se haya pasado por un proceso jurídico y el juez determine que debe pagar a través de sus bienes.

Si tiene sospecha de que su cuenta de ahorros fue embargada, se puede comunicar a través de los canales de la DIAN, quien es la principal encargada de este proceso y preguntar. De igual forma, en la página web de la entidad podrá consultar ingresando con su usuario y contraseña.

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