¿Es cierto que los CDT obligan a pagar el 4x1000 o impuestos de la DIAN?
¡Evite sorpresas! Esto dice la Ley sobre las obligaciones tributarias a las que están sujetas los CDT
Los Certificados de Depósito a Término (CDT) son uno de los métodos de inversión más seguros y fáciles de usar. Las ganancias que se obtienen a través de este método salen de los rendimientos de la tasa fija que se aplica a su ahorro. Este les aseguran a los usuarios una rentabilidad con muy bajo riesgo, por diferentes periodos de tiempos, desde los 30 días hasta los 2 años.
Debido a que se trata de una opción cómoda para quienes prefieren hacer inversiones seguras, mientras se ahorra, cada vez hay más preguntas y recomendaciones que se deben tener en cuenta a la hora de invertir en uno de estos certificados.
Entre estos temas importantes está lo relacionado con los impuestos a los que deberían responder los dueños de estas inversiones. ¿Con los CDT aplica? Le contamos lo que explican los expertos.
Casos en los que se debe pagar 4x1000 por un CDT
El 4x1000, como lo explica BBVA, es un impuesto del Gobierno Nacional en el cual se cobra $400 pesos por cada $1.000 pesos que se mueva en alguna transferencia bancaria. Este impuesto, llamado también Gravamen de Movimientos Financieros (GMF), se calcula con la fórmula: 4×1000 = dinero a retirar x 4 / 1.000.
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Hay algunas excepciones a este gravamen. Por ejemplo, todos los titulares de una cuenta bancaría pueden elegir una cuenta de ahorros, la cual queda exenta del impuesto, siempre y cuando el valor mensual de los movimientos no supere los $14.8 millones de pesos en movimientos mensuales.
Ahora bien, como señala la Guía informativa del Gravamen a los Movimientos Financieros del Banco GNB Sudameris, toda cancelación de CDT o CDAT genera un cobro del 4x1000, sin embargo, este debe ser pagado totalmente por el banco, siempre y cuando las transferencias de recursos se dé entre un CDT y una cuenta de ahorro con el mismo titular.
Si, por el contrario, la cuenta de ahorro a la que se transferirá el dinero ahorrado más sus rendimientos no tienen el mismo titular, la persona dueña del CDT deberá hacerse cargo de pagar el 4x1000.
¿Los CDTs deben declararse ante la DIAN?
Como se señala en el portal Datos Abiertos del Gobierno Nacional, dentro de la declaración se debe incluir y consignar de manera clara los ingresos, egresos y las inversiones que se tengan, entre ellas se debe incluir los CDTS.
En el artículo 33 del Estatuto Tributario, los títulos de renta fija, tales como bonos, certificados de depósito a término (CDT) y los TES, deben incluirse en la declaración de renta y sus efectos fiscales aplicarán sobre los intereses o rendimientos financieros que provengan del título. Para calcular lo que debe incluir, tendrá que tener en cuenta el valor nominal, la tasa facial, el plazo convenido y el tiempo de tenencia en el año o periodo gravable del título.
Finalmente, como explica el canal de educación financiera, Al Día Contador, si al momento de declarar no se han retirado los rendimientos, estos deben ser contados y declarados como activos. Pero, si ya se reclamaron en el año anterior, los rendimientos deben ser declarados dentro de la cédula de rentas de capital, con la cual, pidiendo el certificado, se pueden acceder a unos descuentos por el componente inflacionario.