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Justicia

MinAmbiente tiene 6 meses para reglamentar gestión de áreas entre CAR y parques nacionales

Lo que buscan desde la Procuraduría es evitar que dichas zonas sean olvidadas por la regiones al considerar que su colíndate es la responsable para su manejo ambiental.

Foto: Parque Tayrona / Parques Naturales

Por solicitud de la Procuraduría, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó a la Presidencia y el Ministerio de Ambiente, a reglamentar los procedimientos de concertación para el manejo adecuado y armónico de las áreas de confluencia de jurisdicciones entre las Corporaciones Autónomas Regionales y el Sistema de Parques Nacionales o Reservas.

El fallo fue proferido luego de una acción de cumplimiento interpuesta por el Ministerio Público, tras “la no respuesta a las reiteradas solicitudes que pedían al Presidente de la República, como jefe del Gobierno Nacional, y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como cabeza del sector ambiental en Colombia y del Sistema Nacional Ambiental (SINA), que definiera los procedimientos de concertación para ecosistemas comunes en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales, a través de comisiones”, dijo.

Así mismo, el Tribunal señala que se evidenció que desde la expedición de la norma en 1993 a la fecha, la autoridad no ha reglamentado los procedimientos, aún cuando la administración del medio ambiente, la jurisdicción y la competencia de las autoridades ambientales es del gobierno nacional.

Precisa en el fallo también, la importancia de dicha reglamentación, dirigida a la preservación y conservación de ecosistemas que se presenten en la intersección de áreas de confluencia entre distintas jurisdicciones, para evitar que dichas zonas sean olvidadas por la regiones al considerar que su colíndate es la responsable para su manejo ambiental.