Tendencias

Servicios de salud a los que tienen acceso los colombianos con las EPS: Lista de beneficios

¿Los conoce todos? Esta es la lista de servicios y beneficios a los que los colombianos tienen derecho con el Sistema de Salud, prestado por las EPS

Profesional de salud atendiendo a una paciente (Getty Images)

Profesional de salud atendiendo a una paciente (Getty Images) / Phynart Studio

En las últimas horas, se conoció que la Corte Constitucional determinó que las EPS deben asumir todos los costos generados por en el tratamiento para el retiro de biopolímeros.

Según el alto tribunal, este procedimiento debe estar incluido en el Plan de Beneficios de Salud (POS), al igual que es una obligación de la entidad hacer el diagnóstico y cubrir tratamiento de los síntomas que se generan por estas cirugías estéticas.

Vale recordar que el POS es el conjunto de servicios para la atención en salud al que todos los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud tiene derecho, pero, ¿cuáles son todos estos servicios? Se lo contamos.

Servicios a los que se tiene derecho con las EPS

Todas las personas que se encuentren en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ya sea en calidad de cotizantes o beneficiarios, tienen el derecho a recibir los beneficios del POS.

Ahora bien, desde el régimen contributivo, que es mediante el cual las personas con trabajo o con capacidad de pago, se afilian de manera individual o en familia al Sistema de salud, se tiene acceso a estos servicios:

  • Planificación familiar: según el Ministerio, el sistema garantiza el acceso a todos los métodos anticonceptivos, incluyendo: la T de cobre, el dispositivo intrauterino hormonal, anticonceptivos orales, inyectables, preservativos y la vasectomía y la oclusión tubárica.
  • Consultas, sin límites de citas, tanto para medicina general como para especializada. Aunque para las consultas especializadas, se debe llegar a través de remisión de medicina general. De igual forma, es importante destacar que las consultas deber durar mínimo 20 minutos.

Leer más:

  • Tratamientos quirúrgicos, en servicios de baja, mediana y alta complejidad.
  • Consultas con profesionales no médicos tales como: en enfermería, psicología, nutrición, terapia física, terapista ocupacional, terapista respiratoria, terapista del lenguaje y optometría.
  • Odontología, aunque este no incluye la ortodoncia, implantología, blanqueamiento dental, enjuagues bucales, sedas dentales, cepillos, periodoncia y las prótesis.
  • Licencias de maternidad, paternidad y de incapacidad de enfermedad no laboral.

Además, se cubren los cobros por la rehabilitación, hospitalización, urgencias, vacunación, salud para infancia, diagnósticos (laboratorio clínico, radiología, ecografías, medicina nuclear, resonancia electromagnética y escenografía) y medicamentos.

Lo que no incluye el POS

De acuerdo con el Ministerio de Salud, están excluidos del POS aquellos procedimientos y actividades de atención integral que no tengan por objeto contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, entre los que se incluyen:

  1. Procedimiento estético, cosméticos o suntuarios. Aunque, el año pasado, la Corte Constitucional señaló que los procedimientos estéticos, con fines funcionales o reconstructivos, sí deben estar incluidos en el POS.
  2. Suministro de lentes de contacto, sillas de ruedas, plantillas, etc.
  3. Tratamientos de curas de reposo o para el sueño.
  4. Para la infertilidad, experimentales o con drogas experimentales.
  5. Psicoterapia individual o de terapia, así como psicoanálisis.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad