Justicia

Consejo de Estado ratifica decisión sobre la prórroga del Muelle 13 en Buenaventura

El fallo deja sin efecto la prórroga de 20 años más para la empresa Portuario S.A, como lo decidió la ANI

Consejo de Estado-Muelle 13

Consejo de Estado-Muelle 13

El Consejo de Estado emitió un fallo al confirmar la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en relación con la prórroga otorgada al Grupo Portuario S.A. para operar el Muelle 13, el cual es el encargado de la carga general en el puerto de Buenaventura.

Pues recordemos que la polémica comenzó el 23 de diciembre del año pasado, cuando la Agencia Nacional de Infraestructura prorrogó la concesión por 20 años del muelle 13, después de casi 2 de negociaciones fallidas. Pero 5 días después, el 28 de diciembre, el gobierno se arrepintió y echó para atrás esa decisión, alegando una posible afectación ambiental.

En su fallo, el Consejo de Estado respalda la posición sostenida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y desestima los argumentos presentados por el Grupo Portuario S.A., confirmando así la nulidad de la prórroga concedida por la ANI.

Al respecto, en varias ocasiones el ministro de Transporte, William Camargo ha dicho que hay una “posible generación de importantes afectaciones ambientales negativas al territorio de Buenaventura”; y que, por lo tanto, no era posible prorrogarles el contrato de la operación del muelle 13.

Sobre este tema es importante mencionar que la Procuraduría en el mes de abril ordenó la apertura de una investigación disciplinaria contra el ministro de Transporte, William Camargo, por las presuntas irregularidades en la decisión de la ANI de revocar la concesión portuaria que días antes le había sido adjudicada al Grupo Portuario S.A.

La entidad desde esa fecha esta validando las razones por las que el 28 de diciembre de 2023 el Consejo Directivo de la ANI, en sesión extraordinaria, decidió de forma unánime no aprobar la prórroga y modificación del contrato de concesión portuaria que había aprobado cinco días antes la solicitud de modificación de las condiciones del mismo, y declarar la pérdida de fuerza ejecutoria de la resolución emitida.

El ente de control sostuvo que los investigados habrían incurrido en falsa motivación, al argumentar en la retractación la posible generación de importantes afectaciones ambientales negativas al territorio de Buenaventura, sin que hayan aportado evidencias, ni tener concepto al respecto de la Superintendencia General de Puertos, y desconocer el  emitido por el Establecimiento Público Ambiental (EPA), máxima autoridad ambiental en el área urbana y suburbana del distrito.

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