Corte Penal Internacional anunció orden de captura para Netanyahu y líder de Hamás
La Corte Penal Internacional anunció orden de captura internacional para el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu y para el líder de Hamás, Yahyah Sinwar, por presuntos crímenes de guerra y lesa humanidad.
Luego de distintos llamados y peticiones por parte de países como Sudáfrica o Colombia para revisar la situación de derechos humanos en la Franja de Gaza tras 7 meses de guerra por parte de Israel contra Hamás (motivados por el ataque de Hamás en suelo israelí el 7 de octubre), la Corte Penal Internacional determinó emitir 5 órdenes de captura para líderes clave de ambos bandos implicados en la guerra.
Con base en las pruebas reunidas y examinadas por la Corte, las órdenes son para:
- Benjamin Netanyahu, el Primer Ministro de Israel.
- Yoav Gallant, el Ministro de Defensa de Israel.
- Yahya Sinwar, Jefe del Movimiento de Resistencia Islámica “Hamas” en la Franja de Gaza)
- Mohammed Diab Ibrahim Al-Masri, más conocido como DEIF (Comandante en Jefe del ala militar de Hamás, conocida como Brigadas Al -Qassam ).
- Ismail Haniyeh, Jefe del Buró Político de Hamás).
Los crímenes que habría cometido Israel
- Hacer morir de hambre a civiles como método de guerra como crimen de guerra contrario al artículo 8(2)(b)(xxv) del Estatuto.
- Causar intencionalmente grandes sufrimientos o daños graves a la integridad física o la salud en contravención del artículo 8(2)(a)(iii), o trato cruel como crimen de guerra en contravención del artículo 8(2)(c)(i);
- Homicidio intencional en contravención del artículo 8(2)(a)(i), o Asesinato como crimen de guerra en contravención del artículo 8(2)(c)(i);
- Dirigir intencionalmente ataques contra una población civil como crimen de guerra en contravención de los artículos 8(2)(b)(i) o 8(2)(e)(i);
- El exterminio y/o asesinato en contravención de los artículos 7(1)(b) y 7(1)(a), incluso en el contexto de muertes causadas por inanición, como crimen de lesa humanidad;
- La persecución como crimen de lesa humanidad contrario al artículo 7(1)(h);
- Otros actos inhumanos como crímenes de lesa humanidad contrarios al artículo 7(1)(k).
Los crímenes que habría cometido Hamás
- El exterminio como crimen de lesa humanidad, contrario al artículo 7(1)(b) del Estatuto de Roma;
- · Asesinato como crimen de lesa humanidad, contrario al artículo 7(1)(a), y como crimen de guerra, contrario al artículo 8(2)(c)(i);
- · Tomar rehenes como crimen de guerra, en contravención del artículo 8(2)(c)(iii);
- · La violación y otros actos de violencia sexual como crímenes de lesa humanidad, en contravención del artículo 7(1)(g), y también como crímenes de guerra de conformidad con el artículo 8(2)(e)(vi) en el contexto del cautiverio;
- · La tortura como crimen de lesa humanidad, en contravención del artículo 7(1)(f), y también como crimen de guerra, en contravención del artículo 8(2)(c)(i), en el contexto del cautiverio;
- · Otros actos inhumanos como crimen de lesa humanidad, contrarios al artículo 7(l)(k), en el contexto del cautiverio;
- · Trato cruel como crimen de guerra contrario al artículo 8(2)(c)(i), en el contexto del cautiverio;
- · Los ultrajes a la dignidad personal como crimen de guerra, en contravención del artículo 8(2)(c)(ii), en el contexto del cautiverio.
Orden de captura conjunta
La Corte resalta que tiene motivos razonables para creer que las 5 personas por las que emitió orden de captura son “son penalmente responsables de la muerte de cientos de civiles” y destaca que las órdenes llegan al mismo tiempo y se dan por igual teniendo en cuenta que “si no demostramos nuestra voluntad de aplicar la ley por igual, si se considera que se aplica de forma selectiva, estaremos creando las condiciones para su colapso”.
A pesar de que Israel no hace parte de la CPI, el Fiscal destacó que su oficina “también tiene jurisdicción sobre los crímenes cometidos por nacionales de Estados Partes y por nacionales de Estados no Partes en el territorio de un Estado Parte”.
En su decisión, Khan concluye diciendo que “ahora, más que nunca, debemos demostrar colectivamente que el derecho internacional humanitario, la base fundamental de la conducta humana durante los conflictos, se aplica a todas las personas y se aplica por igual en todas las situaciones abordadas por mi Oficina y la Corte. Así demostraremos, de manera tangible, que la vida de todos los seres humanos tiene el mismo valor”.