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Regulación de consumo de drogas en las ciudades, ¿va por el camino correcto?

Panelistas consideran que en varias ciudades del país la regulación que prohíbe consumo de drogas puede terminar siendo inconstitucional.

Regulación de consumo de drogas en las ciudades, ¿va por el camino correcto?

Regulación de consumo de drogas en las ciudades, ¿va por el camino correcto?

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Imagen de referencia de sobredosis. Foto: Getty Images

En Hora20 el debate a la regulación que vienen impulsando los alcaldes de todas las ciudades del país sobre prohibición de zonas de consumo de drogas. Se analizó cómo se están implementando estas medidas, los riesgos y el camino que debe tomar una ciudad como Bogotá que todavía no da a conocer su política.

Justo cuando el país cumple 30 años de la Corte Constitucional emitiera la sentencia C-221 de 1994 en la que despenalizó el consumo de la dosis mínima, el país vuelve a entrar en un debate en el que se discute si se avanza en la regulación o si, por el contrario, tenemos enormes retrocesos. En 2023 la Corte se pronunció a través de la sentencia C-127 en la que ordenó a las autoridades locales establecer condiciones de modo, tiempo y lugar para regular el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos como parques, colegios, hospitales y otros lugares. Además, exhorta a los mandatarios y concejos para que atiendan la tensión entre derechos de niños, niñas y adolescentes y los derechos de los consumidores. En ese sentido, el Ministerio de Justicia expidió el 10 de enero una serie de protocolos donde se plantean unas pautas en la dirección en la que debe ir dicha regulación: enfoque de salud pública, aplicar principios de no discriminación, diferenciar entre porte de uso personal y el tráfico de estupefacientes.

Quienes han enfrentado estos cambios que se dieron durante el 2023, sumado a la derogatoria del decreto que castigaba el consumo en parques del país, los nuevos mandatarios locales que asumieron hace dos meses y medio las riendas de los municipios y distritos han empezado a expedir decretos que van en diversas direcciones. En algunas ciudades como Armenia las zonas de prohibición se extienden a bares, discotecas y gimnasios con un alcance de 100 metros a la redonda, en otros municipios más pequeños como Garzón, Huila la extensión es de 200 metros, mientras que en ciudades como Bucaramanga es de 60 metros a la redonda de parques, plazas y colegios. En algunas ciudades la prohibición se ha extendido al porte de sustancias psicoactivas, como sería el caso de Medellín o Cartagena. Cali y Manizales han sido las últimas dos ciudades en sumarse, en la capital del Valle se restringe el consumo de sustancias psicoactivas, incluso la dosis personal, en un perímetro de 200 metros alrededor de instituciones educativas, parques, centros deportivos y zonas de interés cultural. Bogotá es la única de las ciudades capitales que no ha expedido el decreto, pues la alcaldía ha convocado a mesas de conversación y concertación, además, aparecen propuestas como la de zonas de consumo de marihuana autorizadas en cada localidad.

Lo que dicen los panelistas

Juanita Durán, socia fundadora del Laboratorio de Justicia y Política Criminal, experta en implementación y seguimiento a políticas públicas relacionadas con seguridad, manifestó que el problema no es nuevo ni surgió el año pasado ni salió con el decreto,

“el origen del problema es que cuando la Corte dice que la dosis mínima es constitucional, no termina la frase de que sea constitucional cultivarla, procesarla y venderla”, de hecho, señaló que todo lo que se necesita para consumirla es objeto de persecución penal, “este es otro capítulo en el que vemos esa tensión y esto tiene origen en una norma del 2019 en el que se trata de regular el consumo en espacio público”.

Advirtió que tener distintos modelos no es grave, “será interesante ese laboratorio natural, pero es ver cómo impactan estos modelos y logran el propósito que tienen. Es lograr un balance básico en la regulación”, sin embargo, dijo que hay preocupación grave por el incumplimiento de sentencia de la Corte, “hay decretos que exceden el umbral que establece la Corte, pero creo que incluso si lo cumplen, es complicado”. De otro lado, dijo que actuamos como si el prohibicionismo fuera a costo cero, “si se tiene restricción toca ir buscando en los bolsillos, eso implica Policía, procedimientos específicos y comparendos, pues recordó que el alcalde Galán decía que en 2023 se impusieron 73 mil comparendos y se ha pagado solo el 2%.

Para Alejandro Lanz, codirector de Temblores, ONG que ha mapeado los decretos que prohíben el consumo de drogas en ciertos espacios, desde hace 30 años tenemos acceso a la dosis, pero nos enfrentamos a problemáticas profundas que no son mínimas, “el ejercicio de los alcaldes no es de regulación, es prohibición y de restricción al porte y consumo de las sustancias. Además, no hacen caso a la sentencia de la Corte de que no puede haber prohibiciones absolutas en consumo y porte de dosis personales.

Resaltó que desde Temblores han identificado y analizado 41 decretos municipales en los que en 17 de ellos hay inconstitucionalidad porque se restringe 24/7 el consumo y en algunos se prohíbe el porte, “hemos intentado trazar unos mapas en los que algunos hay 60 o 200 metros de restricción, esto genera que se pinten mapas rojos en el que quien porta la sustancia no puede circular por el espacio público”. Sobre el prohibicionismo dijo que entre 2018 y 2022 son casi 1 millón de comparendos por consumo y porte de drogas, “esa cifra es absurda del esfuerzo policial de detener ciudadano, de encontrarle marihuana y de ponerle un comparendo”. También comentó que el promedio de la incautación es de 0,5 gramos y el máximo es 120 gramos, “con eso el 98,7% de las incautaciones de marihuana fueron incautaciones inferiores a la dosis personal”.

Juan Carlos Losada, representante a la Cámara del partido liberal, autor del proyecto sobre cannabis de uso adulto, que volvió a ser archivado, señaló que los decretos es la continuación de la batalla campal en la que ha estado el tema de consumo de sustancias entre los poderes políticos y las decisiones de la rama judicial, “el Acto Legislativo 02 de 2009 de Álvaro Uribe era una respuesta a la sentencia de C-221 de 1994 que era desarrollo de ley 30 de 1986 y en toda esta historia la rama judicial ha defendido el porte y consumo de sustancias psicoactivas en términos del libre desarrollo de la personalidad”, no obstante, dijo que la política siempre se ha tratado de oponer a estas medidas, “la Corte les da a alcaldes la facultad de delimitar perímetros en los cuales se podrá consumir en el espacio público, pero esto termina en unos decreto prohibitivos que violan la sentencia de la Corte”.

Advirtió que la Corte Constitucional debe volver a pensar este asunto y tratar de tener mínimos estándares para que se entienda como una regla nacional, “que tiene algunos cambios por alcaldes por el conocimiento territorial, pero 1.200 municipios con reglas distintas y la cantidad de abuso policial que puede ocurrir”.

Daniel Palacios, politólogo, exministro del Interior y exconcejal de Bogotá, explicó que, en el caso de la droga como marihuana o consumo comunes, esa regulación debe existir y debe haber acuerdos para establecer dónde se puede hacer y dónde no, “debe haber espacios que, por la consideración de ser espacio público de convivencia, esas prohibiciones son válidas y necesarias, eso no es solo en Colombia, en Estados unidos donde hay legalización de consumo recreativo, hay espacios donde no puede ocurrir”.

Manifestó que legalizar el consumo no quiere decir libertinaje en el consumo, “legalizar no quiere decir que no debe tener reglamentaciones y límites, esta discusión se ha dado en varios frentes: avanzar en legalización, pero eso no exime generar una reglamentación en espacios que son límites al consumo y lugares donde se puede hacer y los montos”.

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