¡Pilas! Dian amplió el plazo para la facturación electrónica: Así quedó el calendario
La Dian dio más tiempo a las empresas y comercios para adaptarse a la obligatoriedad de la factura electrónica
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) viene reglamentando la facturación electrónica en Colombia desde el año 2019. La medida es obligatoria y tiene como objetivo ser la evolución de la factura tradicional y un avance para reemplazar el papel.
Según la Dian, “para efectos legales tiene la misma validez que el papel, sin embargo, se genera, válida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente, lo que representa mayores ventajas. Tributariamente, es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios”.
Recientemente, la entidad amplió por tres meses la entrada en vigor de las nuevas medidas relacionadas con la facturación electrónica. Para iniciar, estos documentos no podrán ser emitidos en dólares estadounidenses y lo harán solamente en pesos colombianos.
“Esto quiere decir que las empresas que, por negociaciones corporativas con sus clientes, tengan acuerdos comerciales especiales y requieran expresar la factura en segunda moneda, por ejemplo en dólares estadounidenses, desde el primero de mayo tendrán que emitir la factura electrónica en pesos colombianos e incluir en un suplemento especial (del XML) de la factura, los datos de la segunda moneda” explicó Óscar Mauricio Moreno, cofundador de F&M Technology – E-Bill.
Así quedó el calendario:
A partir del primero de mayo, todas las ventas de mostrador, POS, por sus siglas en inglés, deben ser generadas con facturación electrónica o un documento equivalente.
Moreno explicó que, por esta norma, para empresas grandes contribuyentes, “quien se tome un café en un comercio, deberá recibir factura electrónica o documento electrónico sin importar el monto de la compra”. Anteriormente, se debía emitir una factura electrónica para ventas superiores a $235.000.
¿Quiénes deben facturar electrónicamente?
Según la Dian, los responsables de facturar electrónicamente son, principalmente, las personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios; las personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT ($164.727.500) al año; o las personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT ($188.260.000) al año.
Para quienes sean responsables de adoptarla es importante tener en cuenta que se necesita un software para hacerlo (puede ser propio, a través de un proveedor tecnológico, o con la opción de facturación gratuita de la Dian).
Según las cuentas oficiales, más de 751.000 empresas han acogido este mecanismo en el país.
¿Cómo puede facturar electrónicamente?
Si está interesado en facturar electrónicamente, puede seleccionar una o varias de las siguientes opciones para empezar a generar facturas electrónicas:
- Hacer uso del servicio “Facturación Gratuita DIAN”, un software gratuito dispuesto que cualquier interesado lo desee utilizar. Solo requiere de un dispositivo que tenga acceso a internet.
- Desarrollo propio: para generar facturas electrónicas, puede implementar su propio software de Factura Electrónica, se requiere conocimientos técnicos de sistemas, desarrollo y programación; para tal fin la DIAN dispone de una “Caja de herramientas” (Paquete de documentación y ejemplos de facturas) con esta información puede implementar un desarrollo propio del software.
- Proveedor Tecnológico: El contribuyente puede contratar los servicios de un Proveedor Tecnológico habilitado por la DIAN.
No obstarte, tenga en cuenta que el servicio de Facturación Gratuito DIAN tiene varias ventajas, por ejemplo, es accesible para cualquier tipo de empresa o negocio, sin importar el tamaño, no requiere adquirir certificado digital de firma para su uso, la DIAN se lo regala.
Así mismo, podrá acceder desde cualquier dispositivo móvil que tenga acceso a internet y dispone de soporte a través de Contact Center.
Incentivos a comercios
La Dian ha implementado iniciativas para promover la factura electrónica, incluyendo sorteos para premiar a los contribuyentes cumplidores. Además, las personas naturales que solicitan factura por sus compras pueden obtener beneficios al declarar impuestos, permitiéndoles deducir el 1% del valor de las adquisiciones, según la última reforma tributaria.
Las sanciones de la Dian por incumplimiento
Cuando las empresas incumplen, las sanciones económicas pueden equivaler hasta el 1 % del valor de las operaciones facturadas, con un límite de 950 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, alrededor de 44 millones para este año.