Radio en vivo

Justicia

“Sería perturbación psíquica”, abogado Carranza sobre caso Antonella Petro

De acuerdo con el abogado Alejandro Carranza, el delito adecuado para denominar los videos realizados a Antonella Petro es “perturbación psíquica” y no hostigamiento o calumnia. Aquí le contamos por qué.

Familia de Gustavo Petro - Getty Images / Photo Guillermo Legaria/Getty Images

El abogado Alejandro Carranza publicó una columna de opinión en la que sostenía que los cuestionamientos en presencia de la hija menor del presidente, Antonella Petro, pueden causar afectaciones en su desarrollo personal como menor de edad y que son insuficientes las acciones que han tomado en este caso.

De acuerdo con su análisis, estas situaciones ocurridas son prueba suficiente para el delito de “perturbación psíquica” e, incluso, que la Procuraduría General de la Nación debe insistirle a la Fiscalía hacer la investigación debida.

A pesar de que las fuentes consultadas por Caracol Radio concordaron de que estos hechos deben suceder recurrentemente para considerarse hostigamiento, el argumento lleva a que este se catalogue como perturbación psíquica, ya que “esa conducta puede generar una disfunción permanente y que afectaría el proyecto de vida de ella”.

Sin embargo, es necesario que Antonella Petro sea revisada por Medicina Legal y reciba un diagnóstico clínico o, en su defecto, que haga una declaración en la que explícitamente exprese que estas situaciones le han generado consecuencias psicológicas.

Además, recuerda que las instituciones políticas de Colombia tienen un compromiso de defender la niñez y que el Código de Infancia y Adolescencia dicta: “abstenerse de realizar transmisiones o publicaciones que atenten contra la integridad moral, psíquica o física de los menores, que inciten a la violencia (...)”.

La Corte Constitucional ya se ha manifestado en sentencias como la T-242/22 en la que concluye que los personajes públicos portan el derecho al buen nombre y la presunción de inocencia.