Fallas en registro de deudores alimentarios: madres denuncian que no se cumple la ley
El registro obligatorio al que deben ser reportados los padres que no cumplen las cuotas alimentarias de sus hijos presenta problemas que no permiten que madres de familia reciban la ayuda económica correspondiente.
Fallas en registro de deudores alimentarios: madres denuncian que no se cumple la ley
La ley 2097 de 2021 fue creada para reportar a quienes entren en mora con el pago de las cuotas alimentarias que han asumido o se les ha impuesto. Ahí se reportará a toda persona que se encuentre en mora a partir de 3 cuotas alimentarias, independientemente si es continua o no.
Caracol Radio conoció casos como el de Liliana, Ximena y Xiomara, quienes desde hace meses han reportado inconvenientes con este registro.
“Coloqué una denuncia de inasistencia alimentaria en abril de 2020 ante la Fiscalía, estuve mucho tiempo pasando derechos de petición a esa entidad, Ministerio de las TIC, Ministerio de Justicia y Migración Colombia preguntando por qué ninguna institución es garante en el cumplimiento de la Ley 2097 de 2021″ dice Xiomara Moreno.
“Las contestaciones son citando la Ley la cual ya conocemos y culpando a MinTic por no dar credenciales, cuando ni los mismos defensores o comisarios conocen” añade.
La respuesta por parte del Ministerio de las Tic menciona que:
La inscripción en el Registro delimita que únicamente las fuentes de la información son los que previo al procedimiento establecido en la mencionada Ley, son los que ordenan, solicitan y cancelan la inscripción en la base de datos.
Con esto se refieren en primer lugar al juez que conoce del proceso de alimentos, segundo el funcionario que conoce o conoció del proceso, tercero los comisarios de Familia, cuarto el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través de los defensores de familia.
Caracol Radio también conoció el caso de Ximena Londoño, quien asegura que estuvo muchos meses solicitando que se incluyera al padre de su hija en el Redam y ninguna entidad le daba respuesta oportuna.
“Me acercaba al Bienestar Familiar, hacía la solicitud y me respondían que ellos no podían, entonces la enviaba por escrito y me decían algo que no se entendía. No me pidieron ninguna documentación, ni la recibieron tampoco, indicando que ellos no tenían la capacitación, además que no contaban con usuario ni contraseña y que no sabían cómo funcionaba esa ley”.
Por otro lado, Liliana Rodríguez lleva mucho tiempo tratando de hacer efectivo el artículo 6 de esta ley, donde se especifica que los hijos de padres inscritos en el Redam pueden salir del país sin la autorización de estos. Sin embargo, afirma que ha sido imposible ya que Migración Colombia no se lo ha permitido.
En un derecho de petición expedido a Migración solicitando poner en práctica esta ley, la entidad le respondió:
“Desde noviembre de 2021 hemos requerido al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la necesidad de participar en la reglamentación de esta Ley. Estamos atentos a la designación que haga el Gobierno Nacional para la implementación del Registro de Deudores Morosos Alimentarios; sin embargo, a la fecha no hemos sido comunicados de ningún procedimiento adoptado frente al tema”.
Liliana afirma que no entiende cómo es posible que teniendo esta ley en vigencia no pueda salir con sus hijos del país.
“El ICBF me dice que efectivamente el señor deudor está inscrito en esta base de datos, que con ese certificado puedo salir del país con mis hijos. Solamente tengo que presentarlo a migraciones y ya, pero cuando voy a Migración me dicen que no es válido para ellos, que tengo que agotar la instancia judicial”.
Por su parte, MinTic asegura que “corresponde a Migración Colombia dar aplicación a lo dispuesto en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones lo dispuesto en los numerales 5 y 6 del artículo 6 de esta Ley, conforme a sus parámetros constitucionales legales”.
En dichos numerales se habla sobre que algunas de las consecuencias que van a tener las personas inscritas en esta base de datos son el impedimento para salir del país y efectuar trámites migratorios ante Migración Colombia, además tampoco se requerirá la autorización de este para la salida de sus hijos del país.
Caracol Radio intentó comunicarse con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, pero no obtuvo respuesta.
Estas tres madres de familia esperan agilidad y solución pronta por parte de estas entidades.