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David Loaiza, suspendido provisionalmente tras dar positivo en prueba antidoping

El Deportivo Independiente Medellín apeló su sanción y espera poder volver a contar con el jugador mientras se resuelve el proceso.

David Loaiza, volante del Medellín. (Photo by Fernando Alves/Getty Images) / Fernando Alves

El jugador de Independiente Medellín, David Loaiza, fue sancionado por la Unidad Antidopaje de Conmebol, después de dar positivo en el uso de la sustancia conocida como Furosemida, en los tests realizados después del partido frente a Club Atlético San Lorenzo, en julio del presente año por la Copa Sudamericana.

El club antioqueño, hizo oficial esta sanción mediante un comunicado en su página oficial y en sus redes sociales, adjudicando que pudo haber consumido un alimento contaminado. El jugador no había vuelto a ser convocado pero, desde la institución, aseguraban que era por una situación personal.

En el comunicado, Independiente Medellín, asegura que el 1 de septiembre de 2023, Loaiza asistió a la audiencia preliminar de la Conmebol y que, a día de hoy, el jugador se encuentra suspendido provisionalmente, por lo que no ha sido convocado para los últimos compromisos, incluido el juego ante Once Caldas, programado para el 1 de octubre.

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Asimismo, el equipo también afirmó que la decisión fue apelada ante el Tribunal Arbitral del Deportes (TAS), con el fin de anular la suspensión provisional, hasta que haya una decisión final por parte de la Conmebol. El equipo y el futbolista espera la toma de una nueva muestra.

El club también anunció que puso a disposición del jugador todas las herramientas necesarias para apoyarlo en esta situación de su carrera, con la esperanza de volverlo a tener convocado. Hasta el momento no sé conoce cuándo se dará un veredicto final, ni hasta cuándo estará suspendido provisionalmente David Loaiza.

¿Qué es la Furosemida?

La furosemida es un diurético fuerte, que se utiliza para tratar la hipertensión arterial. La Agencia Mundial Antidopaje la considera una sustancia prohibida dentro y fuera de la actividad deportiva, dado que la considera como una sustancia que sirva para “enmascarar” otras; es decir, borrar del cuerpo el registro de otras sustancias dopantes.