Consejo de Estado anula la elección de comisionada para las comunicaciones
Mariana Viña Castro había sido elegida como representante de la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC.
La decisión del Consejo de Estado obedece a una demanda que fue presentada en ejercicio del medio de control de nulidad electoral. Esta pretendía que se dejaran sin efecto actas y demás actos administrativos de la reunión mediante la cual los gerentes de los canales regionales eligieron a Mariana Viña Castro como la comisionada que los representaría ante la CRC.
La demanda señala que, pese a que los gerentes concluyeron que los candidatos en disputa para esta elección cumplían los requisitos aplicables para el cargo, la doctora Viña no lo hacía. Sostuvo que, al no tener título de maestría o doctorado, debía acreditar haber acumulado al menos ocho años de experiencia relacionados con el ejercicio de la regulación, el control y la vigilancia.
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Para el Consejo de Estado, la demandada acreditó haber acumulado nueve años y 11 meses de experiencia profesional relacionada con la regulación, el control y la vigilancia, es decir, más de los ocho años exigidos legalmente. Sin embargo, no acreditó los 10 años de experiencia mínima específica en estos tópicos, pues solo acreditó seis años y ocho meses, por su trabajo en la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) y la ANTV. Por esta razón, el Consejo de Estado declaró nulos los actos que componen la elección de la comisionada.
El alto tribunal también advirtió que no es posible ordenar retrotraer el proceso a la etapa de votación como lo pedía el accionante, pues quedaría un solo candidato y, con ello, se imposibilitaría el proceso eleccionario. De ahí que solicitara a los operadores públicos del servicio de televisión adelanten un nuevo proceso de elección en las condiciones que ellos dispongan.