Contratos a favor de desmovilizados no violan Ley de Garantías
Así se aclaró en un concepto la sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
Mediante un concepto la sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado sentenció que la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas puede continuar contratando directamente los programas necesarios relacionados con la construcción de paz
De acuerdo con ese alto tribunal al anuncio del presidente Juan Manuel Santos sobre su aspiración a la reelección dicha agencia podrá seguir haciendo contrataciones relacionadas con el restablecimiento del orden público y la reincorporación a la vida de grupos alzados en armas, sin que esto se considere una violación a la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005)
"Las contrataciones deben limitarse a la adquisición de bienes y servicios para atender los programas de desmovilización y reincorporación a la vida civil de grupos alzados en armas al margen de la ley y de sus miembros", explicó la corporación
En el concepto además explica que la ejecución que hace el Fondo de Programas para la Paz, relacionados con medidas de paz y restablecimiento, se ajustan a los principios constitucionales de aseguramiento de la paz y la convivencia pacífica, y la garantía de un orden social justo, por lo que “encajan dentro de la noción de defensa y seguridad del Estado.