Tribunal confirma condena contra empresa que vertió lixiviados a ciénaga de Barrancabermeja
El caso se relaciona con las obras de construcción del relleno sanitario de Rediba.

Tribunal Superior de Bucaramanga confirma sentencia contra Rediba por contaminación en Barrancabermeja
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Bucaramanga
El Tribunal Superior de Bucaramanga confirmó en segunda instancia la condena proferida en enero de 2026 en contra de una empresa de servicios públicos de Santander por hechos que generaron la contaminación de una ciénaga de Barrancabermeja.
El juzgado tercero penal del circuito especializado de Bucaramanga con funciones de conocimiento había condenado a Liliana Patricia Forero Cala, representante legal de la empresa de servicios públicos, Rediba por el delito de invasión de áreas de especial importancia ecológica agravado durante la construcción de un relleno sanitario en Barrancabermeja.
En los hechos denunciados por la Corporación San Silvestre Green se advirtió hace cerca de una década que las actividades de construcción del relleno “generaron contaminación de fuentes hídricas e invasión de zonas pertenecientes al Distrito de Manejo Integrado Regional, DRMI, humedal San Silvestre adscrita al municipio de Barrancabermeja”.
A comienzos de 2.026, el juzgado había indicado en el fallo que la señora Forero Cala, en su calidad de representante legal de la empresa Rediba “engañó a la autoridad territorial a fin de obtener permiso para adecuación de vías internas en los predios Villa Merecedora y El Lago, induciendo en error al secretario de planeación municipal pues lo que se inició desde el día 30 de julio de 2013 fue la construcción de un relleno sanitario sin contar con la licencia ambiental respectiva que solo se otorgó en noviembre de 2014.
Durante el proceso, la Fiscalía describió que con el otorgamiento de la licencia ambiental para la construcción del relleno sanitario se dio visos de legalidad a una actividad humana previa que afectó la ciénaga San Silvestre con la tala de árboles, la eliminación de fuentes hídricas, la construcción de cuencas y vías de acceso, afectando a la comunidad de Patio Bonito que llevaba más de 30 años abasteciéndose del agua de la zona".
En su momento, el juzgado resolvió condenar a Liliana Patricia Forero Cala a la pena de 80 meses de prisión y al pago de una multa de mil salarios mínimos legales vigentes “por su declarada responsabilidad como autora por omisión de la conducta punible de invasión de áreas de especial importancia ecológica agravado conforme con los hechos y motivaciones expuestas en la parte considerativa de esta decisión”.
Ahora, el Tribunal confirma la sentencia del 19 de enero de 2.026 advirtiendo que contra la sentencia procede el recurso extraordinario de casación.

Juan Carlos Ordóñez
Comunicador Social y Licenciado en Idiomas. Fue corresponsal de Caracol Radio en Caracas, Venezuela....




