¿Cómo verificar en la Dian si debe declarar renta? En agosto inicia el calendario
Se acerca la fecha para el pago de la declaración de renta para personas naturales. Consulte el calendario completo para evitar sanciones
El próximo 12 de agosto comenzará el pago de la Declaración de Renta para las personas naturales de Colombia. De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el plazo de esta obligación se extenderá hasta el 24 de octubre del presente año.
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Por medio de la declaración de renta, las personas naturales y jurídicas informan a la DIAN sobre sus ingresos, gastos, deducciones e impuestos generados durante el año gravable anterior. Es decir, para este 2024 la declaración se hará teniendo en cuenta las transacciones económicas realizadas durante todo el 2023.
El cronograma dependerá de los dos últimos números del NIT del declarante o de los últimos dos dígitos de la cédula del declarante.
Como cada año, la DIAN establece unos topes para la declaración de renta en Colombia, relacionados con los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias. Para este 2024 los topes quedaron de la siguiente manera:
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2023 sea igual o superior a $190.854.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $59.377.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $59.377.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $59.377.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $59.377.000
Ahora bien, es importante mencionar que declarar renta no significa que haya que pagar el impuesto, ya que, una vez se declare renta, la DIAN determinará si se está en la obligación o no de pagar el impuesto, mediante un cálculo en el cual se depura el ingreso bruto del año gravable, restando los respectivos costos y deducciones, además de los beneficios tributarios.
Por lo cual, si con la declaración de renta no se obtiene el saldo correspondiente, no tiene que tributar, sino que su obligación se limita a la declaración de renta.
¿Cómo verificar si debo declarar renta en 2024?
Con el fin de facilitar este trámite, la DIAN dispuso de algunas herramientas de consulta gratuitas para preparar su declaración de renta que podrán consultar en el siguiente enlace.
Una de ellas es la declaración sugerida, una alternativa editable que le permite al contribuyente conocer el reporte de los terceros frente a sus ingresos brutos e ingresos no constitutivos de renta asociados con las cédulas de rentas de trabajo y/o pensiones, además de las retenciones.
La información de la declaración sugerida es de orientación general para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Si desea consultar siga los siguientes pasos:
- Ingrese a la página web oficial de la DIAN: https://www.dian.gov.co/
- Seleccione la opción “Usuario Registrado” en el menú Transaccional.
- Ingrese su número de identificación, contraseña y haga clic en “Entrar”.
- Si no tiene cuenta, regístrese como “Usuario Nuevo” siguiendo las instrucciones en pantalla.
- Ubique la sección “Impuestos” y luego “Declara y Paga”.
- Seleccione el año gravable para el que deseas declarar (en este caso, 2024).
- Elija la opción “Declaración de Renta” y luego “Declaración Sugerida”.
- La DIAN presenta información pre-diligenciada con base en tus datos fiscales y exógenas.
- Verifique cuidadosamente la información precargada y realice las correcciones o ajustes necesarios.
- Si la información pre-diligenciada es correcta, puede aceptarla haciendo clic en el botón “Aceptar”.
- Si necesita realizar cambios, hágalo en los campos correspondientes y luego guarde la información actualizada.
- Haga clic en el botón “Firmar” y siga las instrucciones en pantalla para completar el proceso de firma.
- Una vez firmada, la declaración se enviará automáticamente a la DIAN.
Calendario declaración de renta 2024
A continuación le explicamos cómo quedó el calendario tributario de la DIAN para que las personas naturales declaren renta entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024.
Tenga en cuenta que en caso de efectuar el pago después de la fecha asignada, tendrán que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad.
Agosto 2024
- Agosto 12 : 01-02 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 13 : 03-04 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 14 : 05-06 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 15 : 07-08 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 16 : 09-10 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 20 : 11-12 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 21 : 13-14 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 22 : 15-16 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 23 : 17-18 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 26 : 19-20 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 27: 21-22 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 28: 23-24 últimos dos dígitos del NIT
- Agosto 29: 25-26 últimos dos dígitos del NIT
Septiembre 2024
- Septiembre 2: 27-28 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 3: 29-30 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 4: 31-32 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 5: 33-34 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 6: 35-36 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 9: 37-38 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 10: 39-40 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 11: 41-42 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 12: 43-44 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 13: 45-46 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 16: 47-48 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 17: 49-50 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 18: 51-52 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 19: 53-54 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 20: 55-56 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 23: 57-58 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 24: 59-60 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 25: 61-62 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 26: 63-64 últimos dos dígitos del NIT
- Septiembre 27: 65-66 últimos dos dígitos del NIT
Octubre 2024
- Octubre 1: 67-68 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 2: 69-70 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 3: 71-72 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 4: 73-74 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 7: 75-76 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 8: 77-78 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 9: 79-80 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 10: 81-82 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 11: 83-84 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 15: 85-86 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 16: 87-88 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 17: 89-90 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 18: 91-92 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 21: 93-94 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 22: 95-96 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 23: 97-98 últimos dos dígitos del NIT
- Octubre 24: 99-00 últimos dos dígitos del NIT