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Política

Sanciones por violencia intrafamiliar en Colombia: hasta 14 años de cárcel según la ley

El Código Penal colombiano establece penas severas para quienes maltraten a miembros de su núcleo familiar.

Stop Sexual abuse Concept, stop violence against Women / thianchai sitthikongsak

Colombia

La violencia intrafamiliar es un delito grave en Colombia, sancionado por la ley; El artículo 229 del Código Penal colombiano establece que quien maltrate física o psicológicamente a un miembro de su núcleo familiar puede enfrentar penas de prisión que van desde los 4 hasta los 8 años.

La legislación colombiana incrementa las penas en casos donde la violencia se comete contra mujeres, menores de edad, personas mayores de 60 años, o individuos en situación de discapacidad, indefensión o inferioridad. En estos casos, las sanciones pueden oscilar entre los 6 y los 14 años de cárcel.

El sistema judicial colombiano también contempla medidas estrictas durante el proceso penal. Dado que la pena mínima supera los 4 años, es posible imponer una medida de aseguramiento en centro carcelario mientras se tramita el caso. Además, el artículo 314 del Código de Procedimiento Penal excluye la posibilidad de detención preventiva en el lugar de residencia para este tipo de delitos, y el artículo 68A del Código Penal prohíbe la suspensión de la pena o la prisión domiciliaria.

La violencia psicológica también está sancionada bajo este tipo penal, según lo establece la Corte Suprema de Justicia en su sentencia del 6 de mayo de 2020 (Rad. 50282). Sin embargo, la evaluación de la violencia debe considerar el impacto en la convivencia y armonía familiar.

Dependiendo de la gravedad, la conducta podría ser sancionada como lesiones personales, o en casos menos graves, podría quedar sin sanción, tal como han señalado sentencias de la Corte Suprema de Justicia de octubre de 2020 (Rad. 54380) y abril de 2020 (Rad. 50899).