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Justicia colombiana

Se cayó reparación a afectados por contaminación de Cerro Matoso

La Corte revocó la decisión que había tomado en el mes de diciembre.

Se cayó reparación a afectados por contaminación de Cerro Matoso

Se cayó reparación a afectados por contaminación de Cerro Matoso(Colprensa)

Colombia

La Corte Constitucional decidió tumbar la indemnización que había ordenado pagar a Cerro Matoso por la afectación a la salud que habrían sufrido ocho comunidades étnicas de Córdoba debido a la contaminación generada por la mina de ferroníquel.

En esa decisión que tomó en diciembre pasado, la Corte ordenó una indemnización en abstracto porque señaló que “la exposición a determinados niveles de níquel ocasiona graves perjuicios a la salud humana”, y los emitidos en su mina serían superiores a los permitidos según estándares internacionales.

Pero la compañía interpuso una nulidad diciendo que no ha incumplido con sus planes ambientales frente al manejo de la mina, y al volver a revisar, la Corte estableció que no se cumplieron con los requisitos para ordenar la indemnización.

“La Corte constató la violación del precedente en materia de requisitos para la procedencia de la indemnización de perjuicios en abstracto y así mismo, la carencia de motivación respecto a la creación del fondo y la sanción de suspensión de actividades”, informó.

Eso último hace referencia a la orden de que Cerro Matoso ordenara financiar un Fondo Especial de Etnodesarrollo para reparar a las víctimas desde una perspectiva colectiva y étnica y a la advertencia que le había hecho sobre que si no cumplía cada una de las órdenes dadas, tendría que dejar de realizar sus labores extractivas.

Por el contrario, dejó en firme la orden de que la compañía debe sacar una nueva licencia ambiental porque la que tiene no cumple los estándares internacionales de protección al medio ambiente. Y también, la consulta previa que se debe hacer con las comunidades afectadas para para determinar medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental.

“También se mantienen vigentes las demás órdenes de tutela relacionadas con la protección de la salud y medio ambiente”, señaló la Corte.

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