Listo el calendario tributario de Bogotá para el año 2012
Para el Impuesto Predial Unificado los contribuyentes podrán cancelar su obligación con el 10 por ciento de descuento antes del 4 de mayo.
La Secretaría de Hacienda publicó el Calendario Tributario Distrital para el año 2012. Para el Impuesto Predial Unificado los contribuyentes podrán cancelar su obligación con el 10 por ciento de descuento antes del 4 de mayo. El pago sin sanción será hasta el próximo 6 de julio. Para el pago del Impuesto sobre Vehículos Automotores matriculados en Bogotá, el pago podrá realizarse con el 10 por ciento de descuento hasta el 16 de abril, y el pago sin sanción hasta el 22 de junio. Los contribuyentes del Régimen común deberán cancelar el Impuesto de Industria y Comercio, ICA en las siguientes fechas. Enero – febrero: 16 de marzo Marzo – abril: 18 de mayo Mayo – junio: 19 de julio Julio – agosto: 19 de septiembre Septiembre – octubre: 19 de noviembre Noviembre – Diciembre: 18 de enero de 2013Para los contribuyentes del Régimen Simplificado el pago del ICA elñ pago de la obligación para el año gravable 2011 se debe realizar antes del 17 de febrero de 2012, y para el año gravable 2012, el 19 de febrero de 2013.
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