Dadis ajusta atención en salud de Cartagena ante ocupación de UCI
Se cancelan cirugías no prioritarias hasta nueva orden y se debe reportar diariamente disponibilidad de camas
Cartagena de Indias
En circular dirigida a las IPS y EPS de Cartagena, el Dadis (Departamento Administrativo Distrital de Salud) hace un requerimiento para una adecuada prestación de servicios de salud frente al tercer pico de pandemia.
Johana Bueno Álvarez, directora del Departamento Administrativo Distrital de Salud manifestó: “acudo ante ustedes para elevar el presente requerimiento teniendo en cuenta que la ocupación de camas en la actualidad se encuentra en un 75% y con fundamento en nuestra competencia de verificar e indagar el cumplimiento del Decreto Único Reglamentario 780 de 2016, Resolución 3100 de 2019 y demás normas concordantes expedidas en materia de Prestación de Servicios en Salud, con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el territorio nacional a través del Decreto 417 de 2020 y del 538 de 2020”.
De esta manera se adoptan medidas en el sector salud para contener y mitigar la pandemia se le exhorta a estas entidades e instituciones:
1. Cancelación de cirugías ambulatorias
2. Apoyo solidario entre la red prestadora del Distrito
3. Todas las camas disponibles de UCI en las IPS deben quedar a disposición de CRUE, previniendo que no se puede rechazar a ningún paciente, suprimiendo cualquier tipo de barreras administrativas para su atención.
4. Reporte obligatorio diario de ocupación de camas a las 8:00 am y a las 5:00 pm. a través del enlace que dispuso el Ministerio de Salud y Protección Social lo cual es importante para el análisis, seguimiento y toma de decisiones frente a la ocupación de camas.
5. Enviar al correo electrónico cruereferenc1a4@gmal.com referencia en cada IPS de realizar el reporte.
6. Las IPS priorizadas una vez vayan desocupando camas UCI de No COVID-19 debe tenerla disponible a pacientes COVID.
7. Las IPS que no cuenten con el insumo y medicamentos necesarios o suficientes para la atención de pacientes, deben informarlo a la Dirección Operativa de Prestación de Servicios.
8. Las Ambulancias de las IPS y EPS deberán reportarse a disposición del CRUE.