Declaración de Renta 2025 para colombianos en el exterior: por qué deben declarar, según la DIAN
El calendario para personas naturales comienza el próximo 12 de agosto, en estos casos así viva fuera del país podría tener que declarar.

Renta 2025 para residentes en el exterior: cuándo y por qué deben declarar, según la DIAN. Imagen de fondo de Getty Images
La declaración de renta en Colombia es un trámite que se debe realizar para informar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) sobre los ingresos, gastos y patrimonio durante un periodo fiscal determinado. Este año, la entidad anunció que el plazo para declarar y realizar el pago para personas naturales será entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT.
El realizar la declaración le permite a una persona natural, nacional o extranjera y jurídica conocer si debe pagar impuestos y sobre qué valor. Lo anterior, teniendo en cuenta que el realizar este trámite no implica que siempre se genere la obligación de pago.
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¿En qué casos declaran renta los NO residentes en Colombia?
De acuerdo con lo establecido por la DIAN, se consideran residentes para efectos tributarios a los colombianos que cumplan con las siguientes condiciones, así estén radicados en el extranjero:
- Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario, incluyendo días de entrada y salida, durante el periodo de los 365 días que agrupan el año. Cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o período gravable, se considerará que la persona es residente a partir del segundo año.
- Tener relación con el servicio exterior del Estado colombiano o con personas que se encuentran en el servicio exterior del Estado colombiano, y en virtud de las convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares, exentos de tributación en el país en el que se encuentran en misión respecto de toda o parte de sus rentas y ganancias ocasionales durante el respectivo año o periodo gravable.
- Si su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o sus hijos dependientes menores de edad que tengan residencia en Colombia.
- Cuando el 50% o más de sus ingresos son de fuentes nacionales colombianas.
- Cuando el 50% o más de sus bienes son administrados en Colombia.
- Cuando el 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en Colombia.
- En el caso de haber sido requerido por la DIAN para temas tributarios, no acredite su condición de residente en el exterior.
- Que tenga residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el gobierno nacional como paraíso fiscal.
Todos los años el Estado define los topes para declarar renta, teniendo en cuenta el Estatuto Tributario y las Unidades de Valor (UVT) que miden en pesos este tipo de obligaciones. Para este año, las personas naturales con ingresos brutos menores a 1.4000 UVT no estarían obligadas a declarar. La UVT en 2025 es de $49.799, es decir, si supera el monto de $69.718.600 sí deberá declarar, esto en relación con los ingresos.
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Plazos para declarar renta en 2025
A pesar de estar establecido en el exterior, se debe cumplir con las obligaciones tributarias que mantiene en el país. En estos casos es importante acoplarse al calendario asignado, revisando con los últimos dígitos del NIT o su cédula la fecha establecida. Puede visualizarlo ingresando a este enlace.
Dentro de las fechas oficiales, se advierte que son días no hábiles sábados, domingos y festivos. Recuerde que estas son el plazo máximo.



