Sueldo concejales, diputados y ediles: ¿Cuánto ganan en 2023?
Estos cargos, elegidos mediante el voto popular de la ciudadanía, tienen topes fijados por la ley

Concejo de Bogotá(Colprensa / Archivo)
Este domingo 29 de octubre Colombia celebró sus elecciones regionales para elegir a 32 gobernadores, 418 diputados, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales y 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL) en todo el país.
Los ciudadanos fueron quienes definieron a sus representantes y cada vez más, la participación ciudadana aumenta para definir estos cargos. De acuerdo con cifras de la Registraduría en el año 2019 votaron 22.189.063 personas y este año lo hicieron 23.038.752.
Una de las dudas más frecuentes que se hacen los votantes, es precisamente cuál es el sueldo que reciben las personas elegidas por voto popular.
Para iniciar, los concejales, quienes son miembros de las corporaciones municipales y desempeñan un papel importante para los gobiernos locales y para elegir hojas de rutas vitales para sus localidades como los Planes de Ordenamiento Territorial, no cuentan con un sueldo fijo.
Algunas de sus funciones son la participación en la formulación, discusión y aprobación de las leyes y ordenanzas municipales que regulan aspectos específicos del municipio, como presupuesto, planificación urbana, servicios públicos, entre otros, además tienen la responsabilidad de ejercer el control político sobre el alcalde y su administración, fiscalizando su gestión y exigiendo transparencia y rendición de cuentas.
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La Ley 2075 de 2021 modificó la tabla con la que se liquidan los honorarios de los concejales de los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría, para que en ningún caso reciban menos de un salario mínimo mensual.
De este modo, los honorarios por sesión de un concejal, dependiendo la categoría son:
- Especial: $ 516.604
- Primera: $ 437.723
- Segunda: $ 316.394
- Tercera: $ 253.797
- Cuarta $ 212.312
- Quinta $ 212.312
- Sexta $ 212.312
La ley establece que estos honorarios se incrementarán cada año en porcentaje equivalente a la variación del IPC del año inmediatamente anterior. De esta manera, los concejales de Bogotá, Cali y Medellín, pueden ganar hasta $6.457.000 al mes.
¿Cuánto gana un diputado?
Los diputados, de acuerdo con el artículo 300 de la Constitución Política, dentro de sus funciones tienen “crear y suprimir municipios” en los entes territoriales y “determinar la estructura de la administración departamental”.
Su función clave en las asambleas es el control político, es decir, citar, mediante una proposición, a los funcionarios que ameriten ser cuestionados en estos cuerpos colegiados. Pueden citar a secretarios de despacho, gerentes de empresas industriales y comerciales del departamento y hacer una evaluación de su tarea frente al cargo que desempeñan para ver si están cumpliendo con los objetivos del Plan de Desarrollo que tiene el gobierno de turno.
Su periodo es de cuatro años y son elegidos en las votaciones regionales, junto con alcaldes, gobernadores, concejales y ediles.
La Constitución Política establece que los diputados son una categoría especial de servidores públicos, mas no son empleados públicos ni trabajadores oficiales, pues no tienen subordinación laboral con el correspondiente departamento.
Por lo tanto, el Departamento Administrativo de la Función Pública, establece que la remuneración de los diputados de las asambleas departamentales corresponderá a la categoría en que esté el departamento, la cual corresponderá para cada vigencia, al valor del salario mínimo legal mensual (smlmv).
La entidad recordó que el artículo 28 de la Ley 617 del 2000 dispone que por mes de sesiones la remuneración será de 30 smlmv (categoría especial), 26 smlmv (categoría primera), 25 smlmv (categoría segunda) y 18 smlmv (categoría tercera y cuarta).
Cuánto ganan los ediles
Los ediles, que son los concejales de las alcaldías locales hacen parte de las juntas de acción comunal y entregan información con respecto a las necesidades de cada zona, hacen veeduría y vigilan que lo que prometieron las autoridades se cumpla.
Así mismo, tiene como función la elaboración de propuestas que pueden ayudar a mejorar la situación de su comunidad en temas económicos, de planeación y social. Estas iniciativas pueden presentarlas a las autoridades locales, regionales o nacionales, quienes serán los que decidirán la pertinencia de estas.
Los ediles tienen 80 sesiones ordinarias y 20 extraordinarias durante el año y de acuerdo a Ley 2086 de 2021 los honorarios se establecerán por iniciativa de sus alcaldes y mediante acuerdo de sus Concejos municipales, hasta por dos Unidades de Valor Tributario (UVT), por asistencia a las sesiones plenarias y a comisiones.
En palabras más sencillas, la remuneración dependerá de lo que determine cada alcalde y concejo municipal.
Para el año 2023, de acuerdo con la actualización de UV, esta corresponde a $ 42.142 pesos, lo que significa que hay que multiplicar el valor de dos UVT por el número de sesiones a las que asista.
Así, lo que puede recibir económicamente un edil depende de a cuántas sesiones asista en la semana. Si un edil asiste a la totalidad de las sesiones ordinarias en el año -80- recibirá un total de $3.392.960 pesos.




