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Vaticano tipifica el delito de pedofilia en el Código de Derecho Canónico

En entrevista con 6AM Hoy por Hoy de Caracol Radio, el padre Carlos Novoa habla de que consecuencias tiene esta modificación en el Vaticano.

Vaticano introduce el delito de pedofilia en el Código de Derecho Canónico

Vaticano introduce el delito de pedofilia en el Código de Derecho Canónico

18:28

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El papa Francisco en el Vaticano

En entrevista con 6AM Hoy por Hoy de Caracol Radio, con Gustavo Gómez, habló el padre Carlos Novoa, quién explica que es el Código de Derecho Canónico y en 1983 (segunda versión del derecho) ya había introducido el delito de pedofilia en el Vaticano. 

Por lo anterior, es incorrecto hablar que se introdujo la Pedofilia por primera vez al Código de Derecho Canónico en el Vaticano. 

Según Novoa, el papa Francisco modificó el articulo y tipificó más el delito de abuso a menores o pedofilia y las condenas para los sacerdotes dentro del Código de Derecho Canónico.  

LA MEDIDA 

El Vaticano introdujo en el Código de Derecho Canónico un artículo que especifica los delitos de abusos contra menores cometidos por sacerdotes, una medida exigida por las víctimas.

A partir de este martes el delito contra menores queda tipificado en la nueva versión del Código en un canon específico.

Según la reforma del Código de Derecho Canónico anunciada por el Vaticano, se amplían los periodos de prescripción y se indemniza a las víctimas.

El papa Francisco quiso revisar la disciplina penal con el fin de agilizar y endurecer las penas contra los sacerdotes que abusan sexualmente de menores con el fin de erradicar uno de los fenómenos que más ha desacreditado a la Iglesia católica.

También puede leer:

En un documento, firmado por el papa el pasado 23 de mayo, el papa argentino, que prometió tolerancia cero ante la pederastia de los curas, reconoció los daños causados y espera que al tipificar el delito se logre "prevenir males mayores y sanar las heridas causadas por la debilidad humana".

Se modifica por lo tanto el Código de Derecho Canónico promulgado por el papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.

Por lo tanto, los delitos contra menores por parte de sacerdotes serán considerados por la sección titulada "Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad humana" e incluirá ahora "el delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o una persona habitualmente afectada por el uso imperfecto de la razón o con una persona a quien el la ley reconoce una protección similar".

También será sancionado el sacerdote que induzca a un menor a "participar en exhibiciones pornográficas" o que conserve imágenes de pornografía infantil (sanción que puede llegar a la expulsión de la Iglesia).

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