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El porqué de la muerte política de Márquez y no en el caso Santrich

La diferencia entre los dos casos es específicamente una: Santrich estaba preso.

Iván Marquez

Iván Marquez(Colprensa)

El Consejo de Estado decidió declarar la muerte política en el caso de Iván Márquez porque no se acreditó una razón de fuerza mayor que justificara su ausencia en el Congreso de la República, pese a obtener una de las curules que fueron pactadas en el acuerdo de paz. Sin embargo, no decidió lo mismo en el caso de Jesús Santrich. ¿Cuál es la diferencia?

1. Iván Márquez desapareció, Santrich fue capturado.

Desde el primer semestre de 2018 no se sabe dónde está Iván Márquez y no asistió el 20 de julio al Congreso para su posesión. Posteriormente renunció de manera voluntaria a su esquema de seguridad en agosto de ese año. El Consejo revisó su situación y de hecho estudió las manifestaciones públicas que hizo respecto a dificultades en el acuerdo de paz, pero no encontró una renuncia a su curul ni algo que realmente tuviera vínculo con su no posesión.

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“Del estudio jurídico de las declaraciones públicas del señor Luciano Marín, la Corporación concluyó que no existió tal renuncia, pues él manifestó su percepción sobre algunos incumplimientos del acuerdo, pero, atribuir a esas declaraciones el efecto de una renuncia, equivaldría a disponer de los derechos políticos del demandado en términos distintos a los que él expresó”, señaló el Consejo de Estado.

Mientras tanto, el 9 de abril Jesús Santrich fue capturado por un pedido de extradición de Estados Unidos por presunto narcotráfico. Consideró el Consejo de Estado que su captura, antes del 20 de julio, “constituye un hecho externo a la voluntad y a la órbita de dominio del demandado, más aún si se tiene en cuenta que su detención está contenida en una providencia de una autoridad pública con funciones jurisdiccionales y administrativas”. Lo último, porque fue la Fiscalía la que emitió la orden dado a que se trataba de un proceso de extradición, lo que implica también que no ha sido condenado y está siendo investigado.

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2. Santrich no pudo evitar la captura, Márquez sí podía soportar las dificultades del acuerdo

El Consejo de Estado consideró que la inseguridad jurídica y física que alegó Márquez en sus comunicaciones a la opinión pública, no eran una cuestión imprevisible desde la negociación, mucho menos era una cuestión que no pudiera soportar, “como quedó demostrado con la posesión de sus compañeros de partido” y solo por una percepción de inseguridad no se podía faltar.

Contrario a eso Santrich, según el Consejo de Estado, no pudo prever ni resistirse a su captura, pues no hay prueba que demuestre que sabía de la circular roja emitida por la Inperpol y por tanto “no pudo anticiparse y contrarrestar los efectos de la detención”.

3. Márquez no buscó soluciones, Santrich acudió a varias herramientas para poder posesionarse

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Márquez, dice la Sala, tuvo otras opciones para enfrentar las dificultades que mencionaba, por ejemplo, “tuvo la posibilidad de diseñar salidas concertadas con su partido para no sacrificar su obligación de promover la reintegración política colectiva”. Por su parte, Jesús Santrich pidió permiso para ir a posesionarse al Congreso y se lo negaron. Así mismo, pidió al presidente de la Cámara de Representantes que lo posesionara donde estaba recluido pero la respuesta también negativa, y finalmente, puso una tutela reclamando sus derechos políticos.

Por tanto, en el caso de Márquez consideró el Consejo de Estado que la muerte política sí era una medida efectiva, porque “protege la reintegración política colectiva de quienes dejaron las armas y evita que se defraude nuevamente la confianza depositada en el Acuerdo”. Santrich sí tenía un argumento de fuerza mayor. 

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