Economía

Policía Nacional

Tumban aumento del tiempo de retiro para suboficiales de la Policía

El Consejo de Estado anuló el artículo 2 del Decreto 1858 de 2012.

Policías Colombianos

Policías Colombianos (Colprensa)

Colombia

Para el Consejo de Estado, el Gobierno Nacional se excedió en el ejercicio de la potestad reglamentaria cuando emitió el Decreto 1858 de 2012, específicamente su artículo 2 que establecía de 20 a 25 años el tiempo de servicio requerido para que un suboficial de la Policía Nacional pudiera acceder a la asignación de retiro y por ello tumbó dicha condición.

Para la corporación con ponencia de César Palomino Cortés, dicha reglamentación desconocía la norma legal que exige que, para acceder al derecho de asignación de retiro, a la entrada en vigencia del régimen pensional de los policías del 2004, a los uniformados del Nivel Ejecutivo no se les podía exigir un tiempo mayor al exigido hasta entonces, cuando el retiro fuera voluntario, ni un tiempo inferior a 15 años, cuando el retiro se produjera por otra causa.

La exigencia era para todo el personal incorporado al 31 de diciembre del 2004, por lo que desde ahora a esas personas no se les podrá exigir como requisito para la asignación de retiro un tiempo de servicio superior a 20 años cuando el retiro sea voluntario, tal y como se señala en la norma anterior.

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