Juez ordena al presidente Gustavo Petro retractarse por comentarios sexistas en Consejo de Ministros
Un juez de Bogotá falló una tutela presentada por una ciudadana quien denunció que las expresiones del mandatario vulneraron los derechos de las mujeres y promovieron estereotipos de género.
Gustavo Petro. Foto: Presidencia. / Juan Diego Cano
Un juez de Bogotá ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse públicamente de sus declaraciones emitidas durante un Consejo de Ministros el pasado 15 de septiembre de 2025, en las que se refirió a las mujeres con expresiones consideradas sexistas:
“Una mujer libre hace lo que se le dé la gana con su clítoris y con su cerebro, y si sabe acompasarlo, será una gran mujer”, afirmó el presidente.
La decisión responde a una acción de tutela interpuesta por Tatiana Echavarría que argumenta que los comentarios del jefe de Estado vulneraron derechos fundamentales como la igualdad, la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y la no discriminación, además de afectar la formación de menores de edad que presenciaron o conocieron sus declaraciones.
Para la demandante, la frase dicha por el presidente cosificó y sexualizó a las mujeres, reduciéndolas a un papel corporal y atentando contra su autonomía.
En el fallo, el juez Milton Jojani Miranda Medina también evaluó otras declaraciones del presidente, como sus comentarios sobre los llamados “Brayan”, los “hombres blancos feudales” y la vicepresidenta Francia Márquez, que fueron considerados por la accionante como estigmatizantes o con connotaciones raciales.
El despacho judicial amparó los derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación y la dignidad humana de la accionante y de todas las mujeres colombianas, afirmando que el lenguaje empleado por el presidente “reproduce violencia simbólica y estereotipos de género”.
En consecuencia, el fallo dice que el presidente deberá retractarse públicamente en una nueva sesión del Consejo de Ministros, transmitida por los mismos canales que difundieron las declaraciones cuestionadas, y ofrecer excusas a Echavarría y a las mujeres colombianas.
Asimismo, el mandatario deberá abstenerse de emitir expresiones que vulneren los derechos de las mujeresy participar, en un plazo máximo de 30 días, en una jornada de capacitación y sensibilización sobre género e inclusión, dirigida por la Defensoría del Pueblo o la Procuraduría General de la Nación.
El fallo también ordena comunicar la decisión a la Corte Constitucional, conforme al procedimiento previsto en el Decreto 2591 de 1991, para su eventual revisión.