Mintransporte reglamenta circulación de carrozas eléctricas para turismo en municipios
La medida busca promover la movilidad sostenible y regular el uso de vehículos eléctricos en el sector turístico de los municipios colombianos
El Ministerio de Transporte, a través de la resolución 20243040046465 de 2024, reglamentó la circulación de carrozas eléctricas con fines turísticos en los municipios del país. La medida busca promover la adopción de vehículos sostenibles, permitiendo que estos sean utilizados para el turismo en diversas áreas urbanas.
La reglamentación se dirige a los prestadores de servicios turísticos registrados en el Registro Nacional de Turismo (RNT), así como a las autoridades de tránsito, importadores y fabricantes. Establece los requisitos técnicos y las condiciones que deben cumplir para operar estas carrozas eléctricas en las zonas urbanas autorizadas.
El viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo, señaló que esta iniciativa refleja un compromiso con la movilidad sostenible y mejora la calidad del servicio turístico en el país. Las autoridades de tránsito serán las encargadas de expedir los permisos de circulación, de acuerdo con la cantidad de prestadores y los sitios autorizados. Además, las carrozas eléctricas deberán cumplir con requisitos de seguridad, contar con seguros de accidentes personales y responsabilidad civil extracontractual.
El prestador del servicio deberá implementar un cronograma de mantenimiento y verificar las condiciones técnico-mecánicas de los vehículos, según lo estipulen las autoridades de tránsito locales. La inspección, vigilancia y control de estas disposiciones estarán a cargo de las autoridades de tránsito competentes.