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¿En la prima se incluye auxilio de transporte? Le explicamos

Antes del miércoles 20 de diciembre, su empleador debe transferirle el valor de la prima navideña; detallamos qué rubros se contemplan para calcular esta prestación

Prima navideña - Getty Images

Para muchos colombianos la llegada de diciembre no solo representa la ilusión por el comienzo de un periodo lleno de celebraciones, vacaciones y festivos, sino también la llegada de la temporada en la que los empleados reciben la anhelada prima navideña.

Durante el último mes del cada año, los trabajadores reciben un pago correspondiente a la mitad de su salario en “reconocimiento por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.

Esta prestación social, que fue establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, insta a los empleadores a pagar la prima de servicios a más tardar en los primeros 20 días de diciembre, a pesar de que se liquide hasta el último día del año en curso.

¿Quién reciben la prima?

La prima es otorgada a los empleados que cuentan con un contrato formal y que devengan un salario no supera los 10 millones de pesos.

“Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”, detalla la ley.

El código tan solo exime de esta prestación de servicios a los ciudadanos que se encuentra con contrato por prestación de servicios o a los trabajadores informales.

¿En la prima se incluye auxilio de transporte?

A pesar de su popularidad, aún existen muchas dudas entre los trabajadores frente a la manera en la que se calcula el valor de la prima: ¿qué rubros se contemplan para calcularla?, ¿el monto que se debe recibir?, ¿cómo se calcula para cada caso específico?

Por tal razón, la ley es muy clara en señalar que la prima de servicios contempla tres rubros fundamentales: el salario del empleado, los días laborados y el auxilio de transporte. Este cálculo aplica en los casos en los que el trabajador recibe menos de dos salarios mínimos.

A su vez, el código estableció una fórmula para que cada trabajador y empleador pueda determinar el monto total de la prestación:

Esta se obtiene con la multiplicación del salario base del empleado, más el subsidio de transporte que recibe mensualmente, por el número de días laborados, dividido entre los 360 días que corresponden al año laboral.

Cómo calcularlo

El Ministerio de Trabajo tiene a su disposición una calculadora virtual para que pueda llevar a cabo este procedimiento de deducir el monto que deberá recibir antes el próximo miércoles 20 de diciembre.

Lo único que debe hacer es ingresar a la página oficial del Ministerio, dirigirse a la pestaña ubicada en la parte superior Atención al Ciudadano, posteriormente debe escoger la opción que indica Trámites y Servicios dentro de las opciones desplegadas y por último ingresar a la opción Mi calculadora.

Una vez aquí deberá ingresar los datos correspondientes a su contrato, días trabajados, salario devengado y la herramienta virtual le arrojará el valor correspondiente a su prima.