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Las claves del debate sobre la aspersión con glifosato

La Corte Constitucional emitirá un auto en donde definirá si acepta flexibilizar las condiciones para poder usar el químico.

Las claves del debate sobre la aspersión con glifosato

Las claves del debate sobre la aspersión con glifosato(Colprensa / Archivo)

La Corte Constitucional inicia este miércoles formalmente la discusión sobre la aspersión con glifosato, una práctica que fue suspendida por este mismo tribunal en razón a las afectaciones que sufrieron las comunidades de Nóvita, Chocó.

Los habitantes de este municipio interpusieron una tutela en contra de la aspersión -adelantada en el marco del Plan Colombia-, por la falta de consulta previa, y la Corte emitió la sentencia T-236 de 2017 con la que estableció seis condiciones para poder reanudar la puesta en marcha del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos, mediante la Aspersión Aérea con Glifosato, PECIG.

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Ahora, la Corte determinará dos aspectos: por un lado, si se le ha cumplido con la consulta previa y la reparación a Nóvita y por otro, si se flexibilizan o no las condiciones para reanudar esta práctica. Y como es una revisión, el alto tribunal emitirá un auto al respecto.

El presidente Iván Duque el 7 de marzo en audiencia pública, hizo la siguiente petición: “Mi solicitud respetuosa es que haya una modulación de la sentencia, una modulación que considere estas graves afectaciones, una modulación que entienda que esta expansión de los cultivos realmente hace un daño tremendo al orden constitucional”.

La discusión

La Sala Plena antes de iniciar el debate debe resolver tres impedimentos: uno de la magistrada Cristina Pardo quien se separa de la discusión por haber sido Secretaría Jurídica de la Presidencia en el gobierno anterior, y los de Alejandro Linares y Diana Fajardo quienes fueron fotografiados mientras sostenían un almuerzo con el expresidente Juan Manuel Santos y prefieren que la Sala decida si deben separarse de la discusión.

El debate, una vez resuelto estos aspectos, se da sobre la ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, la cual iría negando la petición que hizo el presidente, pero cada magistrado expondrá su posición al respecto.

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¿Por qué es una revisión?

La base sobre la que se da el debate sobre la aspersión es la sentencia T-236 de 2017 en la que se resolvió la tutela de Nóvita y se protegieron sus derechos. La Corte tomará condición por condición para evaluar si se puede reanudar su uso, en especial, si se garantiza la protección a la salud y el medio ambiente.

El principio de precaución

El centro del debate es el principio de precaución. Como una de las condiciones establece que no debe haber duda frente a las afectaciones que pueda generar el Glifosato en la salud y en el ambiente, se aplica este principio que en pocas palabras es “ante la duda abstenerse”.

Sobre este aspecto es que la propuesta del Gobierno pide flexibilizar las condiciones, pues el mismo Ministro de Salud, Juan Pablo Uribe, ha ratificado que sigue el debate vigente sobre este aspecto. Así lo dijo en la audiencia pública del pasado 7 de marzo.

Se realizó en febrero de este año una revisión sistemática de la literatura mundial sobre el Glifosato, publicada posterior al concepto de la Agencia Internacional de Investigación en Cáncer de 2015, concluyendo que los hallazgos establecen un panorama de las estimaciones de riesgo, donde persiste la controversia científica sobre los efectos en la salud por exposición al glifosato. Se confirma la concordancia con la clasificación de la sustancia, hecha por esa agencia en el sentido de una posible asociación con el linfoma no Hodgkin”, dijo.

Las condiciones que debe cumplir el Gobierno

1. Debe haber una regulación a través de un órgano independiente que garantice la evaluación de los riesgos sobre los derechos fundamentales a la salud y al ambiente de los ciudadanos. Y el órgano debe ser diferente a los que implementan el Programa de Erradicación de los Cultivos ilícitos.

2. Debe existir una evaluación a los riesgos en la salud, el medio ambiente y otras contingencias.

3. El proceso decisorio sobre esta materia deberá incluir una revisión automática de las decisiones cuando se alerte sobre nuevos riesgos.

4. Se deben incorporar investigaciones científicas sobre los riesgos de la calidad de la información que observarán estándares de rigor, calidad e imparcialidad.

5. Los procedimientos de queja, según la Corte, deberán ser comprehensivos, independientes, imparciales y vinculados con la evaluación de riesgo.

6. Se debe utilizar evidencia objetiva y concluyente sobre la ausencia de daño a la salud y el ambiente.

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