Orden Público

Minjusticia estaba de acuerdo con sanciones de la JEP en delitos sexuales

Manifestó su apoyo a la decisión antes de ser nombrada ministra, mediante un concepto elevado a la Corte Constitucional.

Colombia

Antes de ser ministra de Justicia, Gloria María Borrero era la directora de la Corporación Excelencia en la Justicia y junto a Juan Camilo Collazos envió un concepto, como lo hicieron varias organizaciones, que tuvo en cuenta la Corte Constitucional a la hora de decidir sobre la Ley Estatutaria de la JEP.

Entre las solicitudes que hizo Borrero, se encontraba la de declarar inexequible el artículo 146, tal y como lo había establecido el Congreso respecto a las sanciones para los delitos sexuales contra menores de edad. El artículo decía que debían aplicarse las condenas de la justicia ordinaria, lo que para consideración de la ahora ministra era inconstitucional.

Esto, especialmente porque consideraba "absurdo" que en un caso hipotético, una persona que haya violado a una menor pague entre 13 y 27 años de prisión, y la misma persona si la asesinó pueda tener una sanción entre 5 u ocho años. Por esta razón, planteaba que se violaba el principio de igualdad.

"Esta medida ocasionaría: i) que las víctimas de dichos delitos no obtengan verdad ni reparación de acuerdo con lo acordado en La Habana; ii) que habría un trato completamente desigual entre quienes cometieron estos delitos y todos los demás, con relación al conflicto armado; iii) que existen otras medidas menos gravosas que buscan proteger a las víctimas de estos delitos; iv) que la legislación debe tener en cuenta que ese amplio margen de configuración legislativa en materia penal debe ser visto con un límite adicional por tratarse de un proceso de justicia transicional"; expresaba.

Insistía la ministra, en que estas penas ponían en riesgo el derecho a la verdad y a la reparación, pues precisamente se establecieron incentivos para que los procesados contribuyan "de mejor forma con la satisfacción de los derechos de las víctimas, especialmente, con el derecho a la verdad".

Señaló, que la norma también iría en contra del acto legislativo 01 de 2017 porque en esta reforma no se incluyó ninguna excepción a las sanciones impuestas por la JEP.

 

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