Justicia

En firme fallo que ordenó al procurador retractarse por declaraciones sobre el aborto

Cuatro años después la Corte Constitucional rechazó la petición de nulidad que se presentó contra esa sentencia.

En firme fallo que ordenó al procurador retractarse por declaraciones sobre el aborto

En firme fallo que ordenó al procurador retractarse por declaraciones sobre el aborto(Colprensa/Archivo)

La Sala Plena de la Corte Constitucional negó la petición de nulidad que presentó la viceprocuradora general, Martha Isabel Castañeda, contra el fallo que ordenó al procurador general, Alejandro Ordóñez, la procuradora delegada para la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Ilva Myriam Hoyos Castañeda, y la procuradora delegada para la Función Pública, María Eugenia Carreño Gómez, rectificar las declaraciones hechas en 2012 sobre temas relacionados con el aborto y el uso de métodos anticonceptivos. 

En ese entonces el jefe del Ministerio Público indicó que la anticoncepción oral de emergencia o píldora del día, eran abortivas. 

Frente a eso Mónica del Pilar Roa y 1279 mujeres más interpusieron una acción de tutela en su contra por considerar que vulneraron sus derechos fundamentales a la información, a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la educación y sus derechos reproductivos, al emitir “pronunciamientos que incluyen información inexacta o tergiversada, relacionada con los derechos reproductivos de las mujeres colombianas”. 

Por esta razón se había ordenado al procurador explicar que incurrió en una equivocación al referirse a las campañas ordenadas por la Corte Constitucional como “campañas masivas de promoción del aborto como derecho” ya que, en realidad, éstas buscan promover que las mujeres colombianas conozcan el contenido de sus derechos sexuales y reproductivos, dentro de los cuales se encuentra la interrupción voluntaria del embarazo en las hipótesis despenalizadas.

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