Tribunal superior de Antioquia ordena suspender tala en el túnel verde
Las empresas demandadas son Metroplús y el municipio de Envigado, entre otros dijo uno de los líderes del comité pro túnel.

Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó hoy ordena suspender la tala de árboles en el Túnel verde en Envigado, donde se adelantarán las obras del tramo 2B del Sistema de transporte masivo Metroplús, que funciona con buses articulados
En respuesta a Acción Popular, respaldada por más de 30 mil firmas, en defensa del Túnel Verde, el Tribunal Administrativo de Antioquia decretó la medida cautelar de suspensión de la tala de árboles, autorizada por la corporación Autónoma Corantioquia el 17 de octubre del año pasado
"Se decreta como medida cautelar de urgencia la suspensión de la tala de árboles", señala la decisión judicial que pone freno a las obras de Metroplús S.A. en el Túnel Verde mientras "se tramita el proceso o hasta tanto las entidades demandadas acrediten que dicha tala no afecta de manera grave los interese colectivos", reza la decisión judicial del Tribunal Administrativo de Antioquia
El decreto de esa suspensión fue emanado por el Tribunal el mismo día que el Banco Mundial visita a Medellín para hacer una revisión de las obras de Metroplús debido a las constantes denuncias ciudadanas que señalan graves problemas, no solo ambientales, sino también sociales y de concertación del proyecto
El martes pasado, el Comité Cívico Pro Túnel Verde había instaurado una acción popular solicitando la medida cautelar que suspendiera el acto administrativo que autorizó la tala de los árboles del Túnel Verde
Uno de los líderes del Comité Pro-túnel verde, Mauricio Martínez, celebró la decisión judicial, que considera un primer paso en defensa del sistema ambiental en Envigado, y dijo que seguirán insistiendo en la suspensión definitiva de esa eliminación de los árboles en esa parte de Medellín, por cuanto la decisión judicial pide a los constructores y las autoridades que se atiendan las demandas del comité en los próximos diez días
La decisión del Tribunal administrativo tuvo ponencia de los magistrados Jorge Iván Duque y Yolanda Obando
En el acápite quinto de la decisión del Tribunal también se lee: “Córrase traslado a las entidades demandadas, por el término de diez días, para que contesten la demanda y puedan solicitar la práctica e pruebas que estimen necesarias con la advertencia de que las excepciones serán las que consagra el artículo 23 de la Ley 472 de 1998”



