Corte tumbó decreto que cobraba mil pesos en la factura de energía

Esto era para resolver problemas de la Guajira a raíz de la emergencia social decretada por el gobierno Nacional

Servicio de energía. Foto: Getty Images

Servicio de energía. Foto: Getty Images / Oscar Martín

La Sala Plena de la Corte Cosntitucional declaro inexequible o incontitucional el Decreto Legislativo 1276 del 31 de julio de 2023, “Por el cual se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población a través del rescate de la transición energética, con la finalidad de superar la crisis humanitaria y el estado de cosas inconstitucionales o evitar la extensión de sus efectos, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira.”

Según lo determinó el alto tribunal, el decreto es inconstitucional desde el mismo momento en el que se cobró 1.000 pesos para los estratos 4, 5 y 6, así como la de $5.000 para los usuarios no regulados, por tanto los dineros recaudados deberán ser devueltos vía compensación a los usuarios en un termino de seis meses en las próximas facturas.

“De ello se sigue que el Ministerio de Minas y Energía, en su calidad de administrador del FAZNI (Fondo de apoyo financiero para la energización de las zonas no interconectadas) debe reintegrar los recursos recaudados en cumplimiento de este artículo, para que las empresas encargadas de la facturación del servicio público de energía eléctrica, a su vez, los compensen en favor de los contribuyentes con la facturación del servicio de energía eléctrica en un término máximo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de adopción de esta decisión”, dice.

Es importante resaltar dos datos, el primero que el decreto es anulado a raíz de la declaratoria de inexequibilidad emitida por la corte sobre el decreto madre de la emergencia económica y social en la Guajira, y el segundo es que la Corte tumbó otros tres decretos sobre la emergencia que fue la transición energética, el convenio de cooperación con el reino de España y el decreto de inconstitucionalidad sobre agua y saneamiento básico a un año.

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