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Al alcalde de Chiquinquirá se le agotan los recursos jurídicos para evitar su salida

El Consejo de Estado le negó por improcedente una acción de tutela

El Consejo de Estado rechazó la tutela que presentó el alcalde, Jefferson Caro, por improcedente. Foto | Alcaldía de Chiquinquirá

El Consejo de Estado rechazó la tutela que presentó el alcalde, Jefferson Caro, por improcedente. Foto | Alcaldía de Chiquinquirá

Tunja

El alcalde de Chiquinquirá, Jefferson Leonardo Caro Casas, presentó una acción de tutela solicitando ante el Consejo de Estado el amparo a los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso, al ejercicio de los derechos políticos de elegir y ser elegido, a la honra y buen nombre, a la aplicación del principio hermenéutico pro homine y al acceso a la administración de justicia o a la tutela judicial efectiva y en las últimas horas sufrió un nuevo revés.

El alto tribunal analizó cada uno de los argumentos presentados por el alcalde y rechazó por improcedente la petición de amparo, por no cumplir con el requisito de relevancia constitucional.

Aclara la Sala que, “frente al cumplimiento del requisito general de relevancia constitucional para la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se resalta que, a partir de la Sentencia C–590 de 2005 este ha sido desarrollado por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, y en la Sentencia SU-573 de 2019 se explicó que persigue tres finalidades”:

  • Restringir el ejercicio de la acción de tutela a cuestiones de relevancia constitucional que afecten los derechos fundamentales.
  • Preservar la competencia y la independencia de los jueces de las jurisdicciones diferentes a la constitucional y, por tanto, evitar que la acción de tutela se utilice para discutir asuntos de mera legalidad.
  • Impedir que la acción de tutela se convierta en una instancia o recurso adicional para controvertir las decisiones de los jueces.

Recordemos que, al alcalde después del fallo de pérdida de investidura del 29 de febrero de 2024 y en decisión del 18 de abril de 2024 el Consejo de Estado negó la solicitud de aclaración de la sentencia proferida por la Sección Primera, negó la solicitud de adición de la sentencia y rechazó de plano la solicitud de nulidad.

El pasado 26 de abril de 2024, Laura Victoria Gorraiz Monroy, una de las demandantes le envió al gobernador, Carlos Amaya una solicitud donde le pide que, “proceda a retirar del cargo de elección popular a Jefferson Leonardo Caro Casas en su condición de alcalde de Chiquinquirá, con ocasión a la declaratoria de inhabilidad sobreviniente contenida en la sentencia del 29 de febrero de 2024 proferida por Oswaldo Giraldo López, consejero ponente de la Sección Primera del Consejo de Estado dentro del medio de control de pérdida de investidura con radicación: 15001-23-33-000-2023-0317″.

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