Afinia finalizó contrato de suministro de energía con Asoaguas en San Cristóbal

La entidad que administra el acueducto de este municipio de Bolívar adeuda más 1.000 millones de pesos

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Tras un exhaustivo proceso de gestión de cartera y agotamiento de todas las vías legales para el cobro de la deuda pendiente, Afinia, filial del Grupo EPM, tomó la decisión de dar por terminado el contrato de suministro de energía al acueducto del municipio de San Cristóbal, Bolívar, debido al incumplimiento reiterado en los pagos.

Actualmente, Asoaguas, entidad que administra el acueducto de este municipio adeuda más 1.000 millones de pesos, correspondiente a 107 facturas pendientes de pago, incluyendo la facturación más reciente.

Es importante destacar que el proceso administrativo ha sido debidamente respaldado con la documentación pertinente que detalla los incumplimientos reiterados. La notificación de la terminación del contrato se realizó la semana pasada y, al no haberse presentado oportunamente los recursos legales, se procederá al corte del suministro a finales de este mes.

La finalización del contrato implica la interrupción del suministro de energía, ya que se da por concluida la relación contractual entre Afinia y la administración del acueducto municipal, Asoaguas. Sin embargo, en aras de no afectar la operación de Asoaguas, la compañía le dio un tiempo prudente para que gestione su nuevo operador de energía.

La compañía destaca que, de acuerdo a lo que establece ley, esta no es una suspensión del servicio que se define como la “interrupción temporal del suministro del servicio de energía eléctrica por parte de la empresa, por alguna de las causales previstas en la Ley o en el contrato o en la regulación vigente” sino frente a su corte, que implica “la pérdida del derecho al suministro del servicio público en caso de ocurrencia de alguna de las causales contempladas en la Ley 142 de 1994, en la Resolución CREG 108 de 1997 y en el presente contrato”, lo cual es plenamente válido, excepción a la regla general contemplada en el artículo 140 de la Ley 142 de 1994.

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