Corte: Sillas de ruedas están incluidas en el Plan de Beneficios de Salud
El Alto Tribunal regañó a Compensar.
La Corte Constitucional les recordó a las Entidades Prestadoras de Salud que el suministro de las sillas de ruedas sí está incluido en el Plan de Beneficios de Salud.
Señaló que ese elemento se debe otorgar en cuatro situaciones: cuando exista una orden médica, cuando no exista otro elemento dentro del plan que permita la movilizaciòn del paciente, cuando este claro que la silla de ruedas es un elemento vital para tratar su enfermedad o cuando la persona carezca de recursos para adquirir una.
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El pronunciamiento lo hizo al revisar una tutela de una mujer de 59 años que padece entre otras enfermedades de paraparesia y artitris, las cuales afectan su marcha normal.
La Corte determinó que la mujer cumplía los requisitos para acceder a la silla de ruedas y que la EPS Compensar no debía negarsela sin justificación, por eso le ordenó que en tres días autorice la silla de ruedas.
El Alto Tribunal le advirtió a Compensar que debe regirse por lo establecido en la ley y que no vuelva a incurrir en esos hechos.