Justicia

Proceso judicial

Corte seguirá proceso contra Aída Merlano pese a que ya no es congresista

Lo ratificó el alto tribunal al fallar una tutela que puso Merlano pidiendo enviar el proceso a la justicia ordinaria.

Aída Merlano

Aída Merlano(Colprensa / Archivo)

La Corte Suprema de Justicia ratificó que sigue siendo competente para adelantar el proceso penal que afronta Aída Merlano por los delitos de concierto para delinquir, corrupción al sufragante, ocultamiento y retención de cédulas y porte de armas de fuego, pese a que el 19 de julio de 2018 perdió la calidad de congresista.

Merlano fue capturada luego de que la Fiscalía encontrara en la ‘Casa Blanca’ como era denominada su sede de campaña, presuntas pruebas que indicarían que estaba comprando el voto de electores para llegar al Senado de la República el mismo día de las elecciones, cuando ella era representante a la Cámara.

Tras el escándalo la Procuraduría la suspendió de sus funciones como representante por tres meses, y posteriormente el Consejo de Estado anuló su elección, por lo que su defensa le pidió a la Corte que se enviara el proceso a la justicia ordinaria por ya no tener fuero.

Al respecto, la Sala de Juzgamiento de Primera Instancia le señaló que el proceso, “tiene relación con las funciones (de congresista), dado a que como líder política, la acusada pudo obtener clandestinamente los votos necesarios ara llegar y perpetuarse en el Congreso, y apoyar en esa condición a miembros de su grupo político en otros cargos de elección popular, utilizando el mismo mecanismo de corrupción”.

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La Sala Penal también lo ratificó, y su defensa interpuso una tutela que se resolvió con ponencia del magistrado Octavio Augusto Tejeiro, también de la Corte Suprema de Justicia, solicitando que se anulara el proceso y se remitiera a la Fiscalía, que sería en su concepto la competente.

Sin embargo, se confirmó lo que ya se había establecido, pues se lee en la decisión: “Ciertamente concluyó que sí tiene aptitud para proseguir la controversia en vista de que aunque la inculpada cesó en el ejercicio de congresista el 19 de julio de 2018, lo cierto es que ‘los delitos a ella atribuidos guardan relación con las funciones que desempeñaba como representante a la Cámara’ lo que dio pie para que se prorrogara la competencia”.

Además, dice la Corte que a la tutela solo se debe acudir cuando se comete un error “palmario o grosero” que no se evidencia en este caso, “pues este escenario no es una instancia adicional donde la parte vencida pueda insistir en el triunfo”.

Y agregó: “Si así se concibiera, la tutela lejos de ser un mecanismo extraordinaria de protección de atributos básicos, sería otro escalón más de revisión general de las resoluciones judiciales, sin ninguna restricción”.

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