Ciencia y medio ambiente

PND aprobó incentivo para conservación de fuentes hídricas

Con el artículo 320 se dinamizará la inversión forzosa de no menos del 1% para proyectos y actividades con licencia ambiental que tienen obligaciones

PND aprobó incentivo para conservación de fuentes hídricas

PND aprobó incentivo para conservación de fuentes hídricas(Colprensa / Archivo)

La inversión forzosa de no menos del 1% en proyectos que utilizan agua de fuentes naturales, contempla que dichos recursos deben destinarse a la recuperación, preservación, conservación y vigilancia de fuentes hídricas.

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) a través del Grupo de Compensaciones y 1%, vela por el cumplimiento legal de la norma, que tendrá un estímulo importante gracias a la aprobación del artículo 320 del Plan Nacional de Desarrollo, que dinamizará las inversiones para que lleguen de forma efectiva a los territorios.

Frente al tema, el director de la ANLA, Rodrigo Suarez Castaño, explicó que pueden acogerse al beneficio, aquellos titulares de licencia ambiental que tengan inversiones pendientes de ejecutar a cargo de esta obligación, lo cual favorecerá el trabajo de la entidad “garantizando la conservación de ecosistemas a través de la inversión en los proyectos”.

El usuario debe presentar la solicitud de acogimiento y los siguientes documentos:

Plan de Inversión del 1% ajustando la base de liquidación de la Inversión Forzosa de no menos del 1%.

Certificado de contador o revisor fiscal, o mediante documento equivalente firmado por el representante legal en casos excepcionales.

Proyección financiera de los proyectos priorizados para ejecutarlos valores pendientes de invertir.

Cronograma con fecha de inicio de actividades en un tiempo no superior a los seis meses de aceptada la propuesta de acogimiento por parte de la ANLA.

PLAZO

Las solicitudes de acogimiento deberán ser presentadas dentro de los seis (6) meses siguientes a la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2022.

BENEFICIOS

Unificación de la Base de liquidación de la inversión forzosa de no menos del 1%, Fórmula de Actualización con base en el IPC. El Interesado podrá acogerse a unos porcentajes de incremento en forma voluntaria dependiendo del año de inicio de operaciones del proyecto licenciado (45%- 35% o 10%).

Las cuencas hidrográficas serán conservadas, preservadas y monitoreadas efectivamente, con los proyectos viabilizados por la ANLA. Para la ANLA, el impulso a la norma a través del PND, no solo ayudará a dinamizar las inversiones para el ambiente, sino que estimulará a quienes no se han acogido, gracias a los beneficios que también le otorga a las empresas.

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