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Mujer volverá a entrar a la Plaza de Paloquemao por orden de la Corte

Comerpal, que administra la Plaza, la había sancionado prohibiéndolo el ingreso indefinidamente.

Mujer volverá a entrar a la Plaza de Paloquemao por orden de la Corte

Mujer volverá a entrar a la Plaza de Paloquemao por orden de la Corte(Colprensa)

Colombia

La Corte Constitucional tuteló los derechos del debido proceso y el trabajo de la administradora de un Vivero de la Plaza de Mercado de Paloquemao. La mujer había sido sancionada disciplinariamente con la prohibición del ingreso de manera definitiva, por ‘Comerpal’, que es la Corporación de Comerciantes Plaza de Mercando de Paloquemao, que se encarga de administrar el lugar.

 La sanción se le impuso en julio del año pasado, luego de que la mujer hablara con un canal de televisión criticando el buen nombre de ‘Comerpal’ y de que acusara a la Corporación de irrespetar los derechos de las personas por la sanción que se le impuso a su prima, también prohibiéndole el ingreso a las instalaciones de la plaza. Esa sanción contra su prima, se dio porque había tenido un altercado con una mujer de otro local, y el esposo de la última, la habría agredido físicamente. Así que sus críticas también eran por permitir el maltrato a la mujer.

Varios comerciantes se sintieron molestos con los comentarios de la administradora, y de los constantes roces con la persona con la que peleó su prima, y pidieron a las cabezas de la Corporación tomar medidas, por lo que se le inició un proceso disciplinario con el que terminaron prohibiéndole el ingreso.

“Evidentemente la señora, valiéndose de medios y redes sociales de amplia difusión, con su injuria y calumnia, lesionó intereses jurídicamente tutelados como son la intimidad, el patrimonio económico, derecho al buen nombre, contra la estabilidad económica de Comerpal y sus afiliados-copropietarios de la Plaza de Mercado de Paloquemao”, concluyeron.

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La Corte revisó, y durante el proceso disciplinario no se escuchó la versión completa de lo sucedido por la administradora, y tampoco se le permitió controvertir las pruebas que se presentaron en su contra. Además, contrario al reglamento, se le impuso una sanción que solo tiene lugar cuando se sanciona a una persona por ‘injuria y calumnia’ por tercera vez.

“En suma, la Sala constata que ‘Comerpal’ vulneró el debido proceso de la accionante, al imponerle una sanción que no correspondía a la previamente determinada en el reglamento interno de la Plaza de Mercado de Paloquemao para el supuesto de hecho en el que se encontraba. Esto es así, por cuanto no había sido sancionada con anterioridad por actos contrarios a la convivencia en esa plaza de mercado y, pese a ello, fue castigada con la sanción más gravosa, es decir, la suspensión definitiva del ingreso a ese establecimiento, que solo se aplica cuando se trata de la tercera sanción”, se lee en el fallo.

Por lo tanto, se tumban las decisiones que no habían protegido sus derechos, así como la sanción en su contra y en menos de 48 horas la administradora puede volver a su trabajo y le dice la Corte a ‘Comerpal’ que en adelante aplique el debido proceso.

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