Justicia

Corte Constitucional

Tumban periodo de prueba de 15 días para empleadas domésticas

La Corte Constitucional definió que su periodo de prueba debe ser pactado con los trabajadores por escrito.

Tumban periodo de prueba de 15 días para empleadas domésticas

Tumban periodo de prueba de 15 días para empleadas domésticas(Colprensa / Archivo)

La Corte Constitucional decidió eliminar el numeral 2 del artículo 77 del Código Sustantivo de Trabajo que establecía que el periodo de prueba para las trabajadores y trabajadoras domésticas era de 15 días.

La norma fue demandada porque el tiempo se presumía y no era pactado entre el empleador y el trabajador como sí sucede en otro tipo de labores, lo que se suma a que no quedaba por escrito. Razón por la cual argumentó el demandante que se le estaría dando un trato desigual y una desprotección frente a los demás.

La Universidad Externado de Colombia pidió que se declarara inexequible ese artículo porque para los trabajadores particulares el periodo quedaba por escrito en cambio para los domésticos no; la Universidad del Rosario señaló que debía especificarse que el trabajo doméstico no podía equipararse con los realizados en fincas, empresas y fábricas; y la Universidad Libre señaló que debería dejarse como estaba porque era más beneficioso para ellos.

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La Corte, luego de debatirlo le dio la razón al demandante, y estableció que el periodo de prueba de las trabajadores y trabajadoras domésticas, debe ser igual que los demás: hasta por dos meses y por escrito.

En la decisión se tuvo en cuenta lo dicho por la Organización Internacional del Trabajo: “La Comisión solicita al Gobierno que adopte las medidas necesarias para modificar los artículos 77 y 103 del Código Sustantivo del Trabajo con miras a garantizar que los trabajadores domésticos gocen del mismo periodo de prueba y de preaviso para la terminación de contratos a término fijo, así como de las mismas garantías, que el resto de los trabajadores”.

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