El Estado debe responder por los perjuicios causados a los presos
Así lo estableció el Consejo de Estado, al hacerle un llamado de atención al Instituto Nacional Penitenciario.
Así lo estableció el Consejo de Estado, al hacerle un llamado de atención al Instituto Nacional Penitenciario, (INPEC) para que adopte las medidas de seguridad necesarias que permitan preservar la vida de las personas detenidas en centros de reclusión
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La corporación señaló que es obligación del Estado devolver a los ciudadanos en condiciones similares a aquellas en las cuales los retuvo y debe responder patrimonialmente por los perjuicios que los presos puedan sufrir durante el tiempo de reclusión o detención
“En virtud de la relación de especial sujeción, el Estado debe garantizar completamente la seguridad de los internos, esto es impedir que otros reclusos o terceros particulares, así como el propio personal estatal -sea personal penitenciario o de otra naturaleza- amenacen la vida de los internos”, indica la sentencia
El pronunciamiento fue hecho al imponer una condena en contra del Instituto por la muerte de tres reclusos en la Cárcel Nacional de Picaleña, en Ibagué, el 4 de abril de 1999, cuando se presentó un amotinamiento en el que varios presos armados con armas de fuego y armas blancas atacaron a otros internos y le ocasionaron la muerte a algunos de ellos.