Justicia

Fallo de la CIDH crucial para fallar tutela de Piedad Córdoba

Según el fallo de la CIDH, las muertes políticas sólo podrán ser decretadas cuando se trate de una condena impuesta por un juez competente, en proceso penal.

Fallo de la CIDH crucial para fallar tutela de Piedad Córdoba

Para este jueves está previsto que la Corte Constitucional falle una tutela interpuesta hace casi dos años, por la exsenadora Piedad Córdoba y con la cual busca que se decrete la nulidad del fallo de la Procuraduría que la inhabilitó para ocupar cargos públicos por 18 años

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Ha trascendido que la ponencia que está en manos del magistrado Jorge Iván Palacio, dejaría en firme la destitución, sin embargo Caracol Radio conoció un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que podría hacer tambalear la ponencia de Palacio

Según el fallo de la CIDH, las muertes políticas sólo podrán ser decretadas cuando se trate de una condena impuesta por un juez competente, en proceso penal

“(…) Se refiere a una restricción impuesta vía de sanción, debería tratarse de una “condena”, por un juez competente, en proceso penal. Ninguno de esos requisitos se ha cumplido, pues el órgano que impuso dichas sanciones no era un “juez competente”, no hubo “condena” las sanciones no se aplicaron como resultado de un “proceso penal”(..)”, señala el fallo de la CIDH

Para poner en contexto, dicha sentencia se dio al fallar una demanda interpuesta por el ciudadano venezolano, López Mendoza contra la Contraloría General de ese país por haberlo inhabilitado por vía administrativa para ocupar cargos públicos

Es pues esta sentencia que ha generado acaloradas discusiones en las Salas donde se discute la ponencia referente al caso de Córdoba

Sin embargo, la Corte contrasta lo anterior con el artículo 277 de la Constitución Política colombiana que por su parte apoya y respalda la posición de Ordóñez según la cual el jefe del órgano de control, sí tiene la competencia de retirar del ejercicio de funciones, en este caso a los congresistas

“Funciones del Ministerio Público: Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular”, señalar el Art. 277, numeral 6 de la constitución

Así las cosas con las cartas sobre la mesa y con una ponencia que dejaría por fuera del ambiente político a la ex senadora por 18 años, este jueves se conocerá la decisión final.

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