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Plan de Desarrollo obliga a conservar parte de construcciones para vivienda de interés social en Bogotá

El Plan de Desarrollo del alcalde Gustavo Petro obliga a los constructores a destinar el 20 por ciento del suelo a vivienda de interés social.

Plan de Desarrollo obliga a conservar parte de construcciones para vivienda de interés social en Bogotá

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Los constructores de vivienda en Bogotá ahora tendrán que conservar el 20 por ciento del suelo para vivienda de interés social, según lo establece el Plan de Desarrollo del alcalde Gustavo Petro

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La norma entrará en vigencia una vez se expida un decreto reglamentario que fija el porcentaje de conservación del suelo. En el primer año este porcentaje será del 20 por ciento sobre el área total del proyecto y a partir del segundo año será del 30 por ciento

La secretaria de hábitat, María Mercedes Maldonado, explicó que la decisión se basa en la ley 1537 de 2012, conocida como la nueva ley de vivienda impulsada por el Gobierno nacional y aprobada por el Congreso de la República

Según Maldonado, esta ley habla de un 25 por ciento de conservación del suelo, pero en el caso de Bogotá se aprobaron los mencionados porcentajes

Sin embargo, la funcionaria reconoció que la ley únicamente incluye a los lotes libres o baldíos, mientras que en el caso de la capital se aplicará para todos los proyectos de construcción, con algunas excepciones como las zonas de uso industrial

“El cambio en Bogotá es que aplicará en las zonas donde eventualmente se demuelen casas. El Gobierno nacional tiene el mismo instrumento para lotes libres, si no tuviéramos esto en el Plan de Desarrollo, igual lo tendríamos que aplicar”, explicó Maldonado en diálogo con Caracol Radio

Las alternativas que tendrán los constructoresLos constructores tendrán diferentes alternativas para cumplir la norma que los obligará a conservar parte del suelo para vivienda de interés social

En el mismo proyecto: Cuando la exigencia se cumpla al interior del mismo proyecto quedará claramente señalada en los planos que se aprueben en Curaduría Urbana, identificando la localización y características del área construida o del suelo objeto de la obligación. Mediante la construcción de la obligación en otro proyecto: Cuando la exigencia de los metros cuadrados construidos derivados de los porcentajes de obligación VIP se traslade a otro proyecto, éste deberá estar ubicado en la misma localidad. El área construida destinada a VIP será objeto de conversión aplicando una fórmula o tabla de equivalencia que establezca las diferencias de residual o incidencia del suelo en los usos aprobados. Mediante el pago en efectivo calculado con base en la diferencia del precio del suelo entre vivienda de interés prioritario y el uso que efectivamente se autorice en la licencia. La secretaria de hábitat, María Mercedes Maldonado, dijo que la mayor parte de las viviendas de interés social se construirían en el llamado centro ampliado de la ciudad

La meta contemplada en el Plan de Desarrollo de la administración es construir 70 mil unidades de Vivienda de Interés Prioritario en cuatro años, de las cuales 35 mil se levantarán en el centro ampliado

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