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Secretaria de Cultura de Ibagué destituida e inhabilitada por la Personería

La Personería profirió fallo en primera instancia en contra de Cristina Prada, Secretaria de Cultura, Turismo y Comercio de Ibagué.

Secretaria de Cultura de Ibagué destituida e inhabilitada por la Personería

Secretaria de Cultura de Ibagué destituida e inhabilitada por la Personería(Servicio Informativo Ibagué)

Por las presuntas inconsistencias e irregularidades acontecidas por la suscripción de un contrato, con el que se buscaba realizar el concierto de Carlos Vives y Manuel Turizo el pasado mes de junio.

La Personería Municipal de Ibagué, realizó la actuación disciplinaria correspondiente y falló en primera instancia, declarando responsable a la Secretaria de Cultura, Johana Cristina Prada Quiroga sancionándola con destitución e inhabilidad general para ejercer cargos públicos por el término de 11 años.

Para la Personería, la investigada cometió una grave falta, al haber decidido desde su condición de Secretaria de Cultura, Turismo y Comercio de Ibagué y delegada con la ordenación del gasto del Nivel Central de la Alcaldía de Ibagué de participar y adelantar directamente en la etapa precontractual y posteriormente suscribir el contrato de prestación de servicios artísticos de apoyo a la Gestión No. 1804 del 11 de abril de 2019, desconociendo los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa.

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Según la decisión adoptada, la conducta imputada fue cometida a título de culpa gravísima, por violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento, conforme a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 44 de la Ley 734 de 2002.

De acuerdo con las pruebas recaudadas, la investigada se encontraba en la obligación de leer, interpretar y proceder con la certeza, de que su actuar dentro de ese proceso de contratación era acorde a la normatividad que en materia de contratación estatal regulaba este tipo de contratos, y no como lo hizo, limitándose a firmar documentos precontractuales amparados en consideraciones contrarias a la ley, que desconocían los principios de la función pública de la contratación estatal.

Finalmente, el fallo adoptado dispuso compulsar copias, a efecto que, por una cuerda procesal separada, se investigue el comportamiento en materia disciplinaria al interior de este trámite, respecto de la doctora Jenifer Licel Aya Bonilla, en su condición de Jefe de la Oficina de Contratación del Municipio de Ibagué.

La decisión adoptada es susceptible de recurso de apelación, el cual deberá ser interpuesto dentro del término legal, y será desatado por la Procuraduría Regional del Tolima.

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