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Las leyes colombianas si excluyen el culto a Lucifer o al demonio: Diputado

Así lo manifestó Bernardo Valencia, diputado del movimiento, Mira, Quindío

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No para el debate sobre la iglesia de adoración al diablo en Quindío

Quindío

Lo dijo el diputado Bernardo Valencia, quien fue el ponente del proyecto por medio del cual se adoptó la política pública de libertad religiosa en el Quindío.

De acuerdo con el diputado Valencia, aunque el Artículo 18 de la constitución política colombiana garantiza la libertad de conciencia y que nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias, la Ley 133 de 1994 reglamenta dicho artículo y excluye el culto o la adoración a Lucifer o al demonio, por lo que la tesis de que el ministerio del interior podría cancelar la personería jurídica, de alguna manera tendría de donde sustentarse.

Vea también: Con gobernadora ad hoc buscan cerrar la iglesia de Lucifer en Quindío

Por su parte el fundador de este polémico templo, Damian Rozo en diálogo con Caracol Radio a nivel nacional asegura que no practican el satanismo y que ya pagó la sanción que le habían impuesto por no tener los permisos para la construcción del lugar, dice que su oficio es legal en Colombia.

 

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