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Según fallo judicial en Armenia se debe construir a 30 metros de quebradas

Así lo determinó el juzgado primero administrativo de Armenia

Según fallo judicial en Armenia se debe construir a 30 metros de las quebradas

Según fallo judicial en Armenia se debe construir a 30 metros de las quebradas

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La decisión judicial anula parcialmente algunos artículos del POT del 2009

Quindío

La juez primera administrativa de Armenia, Luz Amparo Rivera en decisión de primera instancia anuló parcialmente los artículos 90, 91 y 96 del Plan de Ordenamiento Territorial aprobado en el año 2009 por el concejo municipal.

 La demanda fue presentada por el procurador ambiental Carlos Alberto Arrieta y el abogado Andrés Quiceno contra la alcaldía de Armenia teniendo en cuenta varias normas nacionales con las rondas y quebradas que deben respetar los constructores, en la norma se habla de 15 metros al lado y lado, pero para la procuraduría debe ser 30 metros de acuerdo a decretos nacionales.

Vea también:  POT de Armenia demandado por la procuraduría ambiental y la CRQ

Según el fallo, el POT de Armenia vulnera el artículo tercero del decreto 1449 de 1977, recopilado por el artículo 22.11.18.2 del decreto 1076 de 2015 y el artículo 83 del decreto 211 de 1974 por haber establecido una franja inferior a los 30 metros de las rondas del lado y lado del cauce sin tener los estudien que sustenten establecer una franja de los ríos de 15 metros en la capital del Quindío.

En diálogo con Caracol Radio el abogado Andrés Quiceno “desde el año 2017 inicie esta acción de nulidad simple por la vulneración de los derechos de los ciudadanos por la afectación de los ríos y quebradas por parte de la maquinaria de la construcción en la región, que pretendía seguir pavimentando ríos y quebradas.”

Además el fallo obliga a la alcaldía de Armenia deben realizar un estudio técnico que determinar las fajas de protección del recurso hídrico en la ciudad.

Cabe recordar que en su momento los constructores aseguraron al conocer esta demanda que esto podría provocar un limbo jurídico para la construcción.

 

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