Economía

Derechos consumidor

Sancionada estación de gasolina en vía Tunja-Bogotá

Por no entregar la cantidad exacta de combustible a los consumidores, la superintendencia de industria y comercio aplicó la sanción.

Sancionada estación de gasolina en vía Tunja-Bogotá

Sancionada estación de gasolina en vía Tunja-Bogotá(Colprensa / Archivo)

Tunja (Colombia)

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como máxima autoridad de metrología legal impuso una multa equivalentes a un total de 4.140.580 a los distribuidores minoristas de combustibles líquidos derivados de petróleo de la estación ubicada en Ventaquemada, Boyacá, en el Kilómetro 92, vía Bogotá-Tunja, al encontrar que no estaban entregando la cantidad exacta de combustible líquido por la que realmente pagaban los consumidores, infringiendo el Decreto 1073 de 2015.

La decisión se materializó luego de realizar visitas en varias estaciones de servicio de combustibles en todo el país. En las pesquisas hallaron responsables a personas naturales y jurídicas.

En esta oportunidad, la SIC impuso sanciones en razón a que la norma metrológica ordena que los surtidores y dispensadores de combustibles estén debidamente calibrados en ceros (0) en todo momento, y en todo caso dentro de los márgenes de tolerancia, y así evitar que los consumidores sean inducidos a error al no recibir la cantidad exacta de combustible por la que pagan.

El delegado para el control y las verificaciones de reglamentos técnicos y metrología legal, Jairo Malaver explicó que “la Superintendencia de Industria y Comercio reitera a los empresarios distribuidores minoristas que son responsables de garantizar la entrega exacta de combustible líquido por el que los consumidores están pagando en todo momento y que cumplan con las exigencias contempladas en el Decreto 1073 de 2015 del Ministerio de Minas y Energía, para proteger los intereses económicos de los consumidores”, expresó Malaver.

En los dos últimos años, la SIC ha incrementado sus actividades de control y vigilancia de metrología legal exponencialmente. Así, por ejemplo, entre 2018 y lo corrido de 2019 se han verificado más de 7.000 surtidores de combustibles en el territorio nacional.

Contra los actos administrativos sancionatorios de primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación.

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