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Empresarios de Cartagena, a renovar su matrícula mercantil

Quienes cumplan 5 años sin renovar su Matrícula serán depurados del Registro Mercantil

Empresarios de Cartagena, a renovar su matrícula mercantil

Empresarios de Cartagena, a renovar su matrícula mercantil(Cámara de Comercio de Cartagena)

Cartagena de Indias

El próximo 1 de abril vence el plazo para que los empresarios y/o comerciantes de todo el país renueven su Matrícula Mercantil.

La renovación del registro mercantil proporciona seguridad y formalidad a los empresarios, y los acredita ante los clientes y proveedores como comercio legalmente constituidos, cumplidores de sus deberes y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios.

Quienes no lo han hecho hasta el momento, pueden realizar el proceso en su totalidad, ingresando de forma fácil, rápida y segura, desde nuestro sitio web www.cccartagena.org.co.

Así mismo, la entidad cameral ha designado otros puntos de pago como son entidades bancarias: Banco Davivienda, Banco de Occidente, Bancolombia, Banco Bogotá y Av Villas almacenes Éxito, Carulla, Surtimax, aliados como Puntos Efecty, Supergiros y el CIS Comfenalco Matuna. De manera presencial, desde nuestras sedes: Centro, Ronda Real, Cámara Móvil y en nuestra jurisdicción en Turbaco y El Carmen de Bolívar.

Beneficios de renovar a tiempo

Las empresas que cumplan con su deber podrán participar en licitaciones, acceder a los cursos y servicios de fortalecimiento y promoción como ruedas de negocios, talleres y cursos de formación, programas de aceleramiento y misiones comerciales, permitiéndoles expandir su red de clientes y proveedores, llegar a nuevos mercados, desarrollar productos y servicios innovadores.

De igual forma, al refrendar su estado formal, los empresarios pueden acceder al sistema bancario para adquirir créditos a tasas competitivas y tener la confianza de poder resolver sus conflictos o dirimir los pleitos comerciales ante la justicia o a través de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos en los Centros de Conciliación de las Cámaras de Comercio.

Sanciones por no renovar

La ley ha establecido que compete a la Superintendencia de Industria y Comercio imponer sanciones cuando tal obligación no se cumpla, según lo dispone el Código de Comercio

Es importante tener en cuenta, también, que el artículo 31 la ley 1727 de 2014 ordena a las Cámaras de Comercio depurar del Registro Mercantil a las empresas que en el lapso de los últimos cinco (5) años no hayan cumplido con la obligación de renovar su matrícula mercantil.

Otros registros que deben ser renovados:

El 1 de abril también vence el plazo para renovar en las Cámaras de Comercio el registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESALES), Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL) y Registro Nacional de Turismo (RNT).

Por su parte, el Registro Nacional de Proponentes (RUP) es el único que tiene plazo de renovación hasta el 5 de abril.

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