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Nueva rotación del pico y placa para vehículos particulares en Cartagena

Desde este 04 de marzo de 2019

Nueva rotación del pico y placa para vehículos particulares en Cartagena

Nueva rotación del pico y placa para vehículos particulares en Cartagena(Caracol Radio Cartagena)

Cartagena de Indias

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, les recuerda a los conductores de vehículos particulares que a partir del próximo 4 de marzo de 2019 hasta el 31 de mayo de 2019, rige la nueva rotación del Decreto 1361 de 2018 ó pico y placa para vehículos particulares.

Como es costumbre cada trimestre, y así lo estipula el decreto, los conductores de vehículos particulares deben acogerse a esta rotación que se establece según los dígitos de las placas.

El decreto restringe la circulación de vehículos particulares sólo en vías principales, de lunes a viernes, exceptuándose los días feriados, en el siguiente horario: 7 a 10 a.m. y de 5 p.m. a 8 p.m.

Los vehículos que ingresan a la ciudad tendrán tres (3) horas para llegar a su destino y para evitar sanciones se debe presentar el tiquete del último peaje cancelado en las vías nacionales, tales como el peaje de Gambote, Marahuaco y los de la carretera La Cordialidad.

Así será la rotación en este nuevo trimestre:

4 MARZO 2019 – 31 de MAYO 2019

DIAS DE LA SEMANA

LUNES 1 – 2

MARTES 3 - 4

MIERCOLES 5 – 6

JUEVES 7 - 8

VIERNES 9 - 0

Los permisos

El Decreto exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, vehículo de uso exclusivo de alcaldes locales, secretarios de despachos de la Alcaldía y Gobernación y de directores de Departamento Administrativos del orden Distrital y Departamental, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones y porten carné original.

También están exentos, entre otros, los vehículos de empresas de servicios públicos, vehículos de personas con discapacidad o que los transporten siempre y cuando cumpla con la norma establecida, vehículos que distribuyan medicamentos y alimentos.

Los médicos deberán mostrar la tarjeta profesional que los acredita como tal.

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