La Procuraduría pidió suspender el POT de Armenia
La solicitud se hace bajo el argumento que no se ajusta a las normas legales en materia ambiental.

Jhon Hernández

Quindío
La Procuraduría General de La Nación le pidió al Juzgado Administrativo del Circuito de Armenia suspender el Plan de Ordenamiento Territorial de la capital del Quindío, pues no se ajusta a las normas legales ambientales, según el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales, Gilberto Blanco Zúñiga, así se ratificó la demanda presentada por el Procurador 34 Judicial Ambiental y Agrario, Carlos Arrieta Martínez, por no respetar la ronda de los ríos que por ley ordena que las construcciones en laderas se pueden realizar después de 30 metros y no 15 metros, como ha venido ocurriendo.
“Nosotros como Procuraduría tenemos algunas inquietudes, porque al parecer no se está protegiendo la zona de ronda de los ríos que por ley son 30 metros, eso ha justificado que nosotros más allá de las advertencias, tomemos algunas acciones judiciales, una de ellas fue la demanda que se presentó por el Procurador Judicial que está aquí en Armenia que se coadyuvó por la procuraduría general de la nación, a través de la delegada para asuntos ambientales, toda vez que el POT de este municipio desconoce la regla nacional de que la zona de ronda de protección de las zonas hídricas son 30 metros, estamos evaluando la posibilidad de detallar como están los POT en otros municipios del Eje Cafetero para determinar qué acciones tomamos al respecto”, dijo el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales, Gilberto Blanco Zúñiga.
Blanco Zúñiga explicó en la acción judicial presentada que “las normas de contenido ambiental se convierten en un imperativo categórico, dado que su firmeza constitucional y legal les confiere un status superior a las demás disposiciones jurídicas, sin poderse negar, que tienen prevalencia en el orden interno frente a otro tipo de regulaciones; resultando aún más claro, que en materia de ordenación del territorio éstas resultan vinculantes y trascendentes para la adopción de los esquemas y planes de ordenamiento territorial”.




