Corte mantiene la advertencia “exceso de” en etiquetas de bebidas alcohólicas en Colombia
No obstante, el tribunal pidió al Congreso y al MinSalud actualizar la política pública de bebidas embriagantes.

Botellas de licor. I Foto: Getty Images. / David Madison
JUSTICIA
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible la expresión «exceso de» contenida en el artículo 36 de la Ley 1816 de 2016, norma que regula las advertencias sanitarias en las etiquetas de bebidas alcohólicas.
“La Corte encontró que dicha expresión en el marco de configuración normativa del Legislador, da cuenta de la evidencia científica sobre la que existe consenso”, indicó la Sala.
La decisión surge a raíz de una demanda que argumentaba que dicha expresión vulneraba los derechos a la información y a la salud, al inducir a los consumidores a creer que el alcohol solo es perjudicial cuando se consume en exceso.
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Según la demandante, la frase desconocía la evidencia científica actual, que indica que no existe un nivel seguro de consumo de alcohol.
Corte avaló expresión pero hizo un llamado al Congreso
El alto tribunal determinó que la advertencia «el exceso de alcohol es perjudicial para la salud» forma parte de una política pública integral de prevención del consumo problemático, diseñada por el Legislador y sustentada en consensos científicos ampliamente aceptados.
“La Corte Constitucional examinó el alcance del mensaje contenido en la etiqueta y concluyó que la referencia al exceso funciona como un elemento clave de la política pública en materia de etiquetado, que el Legislador determinó como imperativo legal advertir”, indicó la Corte.
En ese sentido, la Corte concluyó que, la expresión no resulta engañosa ni insuficiente, pues está dirigida a personas mayores de 18 años, quienes cuentan con capacidad para adoptar decisiones autónomas de consumo y tienen también autodeberes de protección.
La Sala Plena consideró que, aunque existe una corriente científica que sostiene que cualquier cantidad de alcohol puede ser nociva, no se comprobó un riesgo adicional de tal magnitud que amerite aplicar el principio de precaución.
No obstante, el tribunal pidió al Congreso de la República y al Ministerio de Salud y Protección Social a actualizar la política pública sobre consumo de alcohol, con base en la evidencia científica más reciente y en las alertas de la Organización Mundial de la Salud (OMS).




